Masacre de Macayepo: semana clave para el futuro de la sentencia contra exgobernador de Sucre

El Alto Tribunal revisa una tutela del exgobernador Miguel Ángel Nule Amín.
Masacre en Colombia
Masacre en Colombia. Crédito: Colprensa

La Corte Constitucional esta a punto de tomar una decisión trascendental sobre la condena de 28 años contra el exgobernador de Sucre, Miguel Ángel Nule Amín por la masacre de Macayepo en el 2000 donde fueron asesinadas 12 personas.

El Alto Tribunal, revisó una tutela que él interpuso a través de su abogado el 12 de abril de 2019 contra la sentencia en su contra que lo condenó en calidad de determinador, por el delito de homicidio agravado.

Los argumentos del exgobernador en la tutela es que supuestamente le vulneraron sus derechos al debido proceso y doble conformidad, por no tener la oportunidad de impugnar el fallo de condena.

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“La violación de sus derechos fundamentales se materializó el 6 de marzo de 2019, con la emisión de la sentencia de casación que hace caso omiso a la discusión del problema jurídico de la doble conformidad como derecho a poder apelar la primera condena”, dice un texto sobre el caso de la Corte Constitucional.

Nule Amín fue hallado responsable del delito de homicidio agravado por su participación en esta masacre ejecutada por grupos paramilitares.

Los hechos sucedieron cuando el 14 de octubre de 2000, un comando del Bloque Montes de María de las AUC, incursionó al poblado en Macayepo para asesinar a a 12 campesinos.

Este hecho provocó el desplazamiento de unos 200 habitantes de las veredas El Floral, Verruguitas y la Cañada de Limón.

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La sentencia de la Corte Suprema narra que muchos de los paramilitares atacaron con garrotes, piedras y otros objetos contundentes a los campesinos.

Dicen los hechos que los paramilitares fueron contactados por Nule Amin y Joaquín García para que les ayudaran a recuperar unas reces que les habían sido robadas de la Hacienda Santa Helena.

Para la Corte Suprema se evidenció la participación indirecta de Nule Amin en la masacre “se demostró su participación en los injustos dolosos cometidos por otros, sin tomar parte en el dominio de los hechos, a través de conductas de instigación que provocaron la resolución delictiva en los autores de la masacre”


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