Dejan en firme fallo contra policía que tomó bebidas alcohólicas en servicio

El patrullero pedía que se anulara el fallo que lo destituyó e inhabilitó por diez años para ejercer cargos públicos.
Cerveza
Crédito: Imagen de uso libre- Pixabay

El Consejo de Estado dejó en firme el fallo que destituyó e inhabilitó por diez años para ejercer cargos públicos a un patrullero de la Policía por ingerir bebidas alcohólicas mientras estaba en servicio.

El uniformado, según las pruebas recolectadas en el proceso disciplinario interno, ingresó a un establecimiento comercial en el municipio de Pisba (Boyacá) -lugar en el que prestaba servicio- para consumir bebidas embriagantes.

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Aduciendo que se le habían vulnerado sus derechos al debido proceso y a la legítima defensa, el policía presentó una demanda de nulidad y restablecimiento de derecho para que se ordenara su reintegro y el pago de los salarios que dejó de percibir tras su destitución.

El Tribunal Administrativo de Casanare rechazó las pretensiones indicando que no existían elementos materiales probatorios para inferir que en efecto se le habían vulnerado sus derechos procesales.

El caso llegó posteriormente al Consejo de Estado que compartió las conclusiones del Tribunal, indicado que el proceso que se le adelantó en la Policía no incurrió en ninguna irregularidad.

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En uno de los principales puntos de la demanda, el alto tribunal indicó que pese a que en efecto no se le practicó una prueba de alcoholemia que demostrara “científicamente” que ingirió bebidas embriagantes, lo cierto es que existían varios testimonios que permitían concluir que el uniformado ingresó a un local del municipio para tomar alcohol.

Los declarantes dejaron en firme la ocurrencia de la falta por parte del patrullero.


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