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Álvaro Uribe: Tribunal de Bogotá leerá sentencia de apelación contra el expresidente

Una vez se emita el fallo, será instaurado un recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema que tendrá la última palabra.

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Actualizado:
Martes, Octubre 21, 2025 - 02:22
Expresidente Álvaro Uribe | Juzgados de Paloquemao | Bogotá | Mayo 2025
Expresidente Álvaro Uribe, a la salida de los j Juzgados de Paloquemao, en Bogotá.
Colprensa

El Tribunal Superior de Bogotá revelará este martes el fallo de apelación de la condena de 12 de prisión domiciliaria impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por soborno en actuación y fraude procesal, que podría ser revocando la sentencia de primera instancia, confirmando la condena o un fallo parcial, en el que se le absuelva por un delito, se le ratifique la condena por otro y con ello, se le reduzca el monto de la pena.

Este fallo de segunda instancia fue adoptado el pasado martes 14 de octubre, dos días antes del 16 de octubre fecha límite en que se vencía la prescripción, en una sesión de trabajo de la sala penal número 19, integrada por parte de los magistrados Manuel Antonio Merchán Gutiérrez; Alexandra Ossa Sánchez y María Leonor Oviedo Pinto.

Así mismo, la Judicatura creó en su momento tres despachos transitorios en el Tribunal para que atendieran procesos distintos al del expresidente, con el fin de que de los magistrados a cargo de este caso se pudieran dedicar a resolver de manera exclusiva la apelación de la defensa del exmandatario.

El Tribunal resolvió el recurso de apelación interpuesto por la defensa material y técnica y el procurador delegado Bladimir Cuadro Crespo, contra el fallo emitido en primera instancia por la juez 44 Penal del Circuito de conocimiento de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda.

¿Qué apeló la defensa y la Procuraduría?

En torno a este caso, los magistrados revisaron los argumentos expuestos, a través de un extenso escrito de 904 páginas, por la defensa que planteó que en su fallo de condena la juez Sandra Heredia, incurrió en “una serie de errores de hecho y de derecho a partir de apreciaciones notoriamente sesgadas, que comprometieron gravemente la integridad del acierto y la legalidad de la mencionada decisión judicial en menoscabo de los intereses y la presunción de inocencia del doctor Álvaro Uribe Vélez”.

En el escrito de apelación la defensa aseguró al Tribunal que "la presente impugnación tenía como finalidad que el superior funcional revise con detenimiento los yerros aquí señalados y restablezca las garantías y derechos afectados, a partir de los siguientes ejes argumentativos constitutivos de errores judiciales".

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Así mismo, la defensa insistió en que hay una serie de pruebas técnicas, documentales, y testimoniales que permiten ampliamente desmostar que el expresidente nunca determinó, ni impartió instrucción alguna para presionar o sobornar a testigos.

En el contexto de esta apelación el abogado Jaime Granados, en su momento, dejó en claro que ni la defensa, ni el propio expresidente Uribe se valieron de maniobras dilatorias para afectar el curso del proceso penal en su contra como lo señala la juez de primera instancia.

Este recurso se sumó a la tutela que también fue instaurada en su oportunidad por la defensa en la que se señaló que dicha sentencia “trasgredió de forma grave los derechos fundamentales a la dignidad, debido proceso, presunción de inocencia y libertad del doctor Álvaro Uribe Vélez, al haber ordenado la privación de su libertad de forma inmediata a pesar de que la condena proferida, en su contra, no se encuentra en firme”.

A su turno, el procurador delegado Bladimir Cuadrado solicitó revocar la sentencia alegando errores en la valoración de las pruebas, como las interceptaciones telefónicas, y cuestionó que no se haya podido demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable.

El delegado del Ministerio Público argumentó que el fallo se fundamenta en conjeturas y no en evidencia contundente que desvirtúe la presunción de inocencia.

Cabe recordar que el pasado 25 de agosto, el propio expresidente Uribe envió una carta al despacho del magistrado ponente Manuel Antonio Merchán, en la que renunció de manera voluntaria a la prescripción del proceso en su contra y afirmó que nunca ha buscado beneficiarse bajo este camino argumentando que el objetivo era que el Tribunal Superior de Bogotá profiera un fallo de segunda instancia, que independientemente de su sentido, fuera resultado tras un análisis sereno, ponderado e integral de la prueba.  

Corte Suprema tendrá la última palabra

Tras este fallo del Tribunal, las partes inconformes con la sentencia presentaran el recurso extraordinario de casación ante la Corte Suprema de Justicia que tendrá cinco años para adoptar la decisión de última instancia frente al que es considerado el proceso del siglo.

La decisión definitiva en este caso estará en manos de la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia.

¿Por qué fue condenado?

En el fallo de primera instancia del pasado 1 de agosto, la juez Sandra Heredia condenó al expresidente Uribe por el delito de soborno de actuación penal, frente a las actuaciones irregulares detectadas como determinador a través del abogado Diego Cadena y otras personas para presionar por una retractación del ex paramilitar Juan Guillermo Monsalve Pineda, quien lo vinculó en su momento a él y a su hermano Santiago de estar detrás de la creación de grupos paramilitares.

Soborno en la actuación penal que también, según la juez, fue aprobado en el caso de los ex paramilitares Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, y Eurídice Cortés Velasco, alias Diana, con una serie de pagos en el caso del primero, con un monto que ascendió a los 60 millones de pesos en medio de un plan criminal.

La juez también lo condenó por fraude procesal porque a través del abogado Diego Javier Cadena Ramírez, por  servidores de su Unidad de Trabajo legislativo, de copartidarios, amigos o allegados suyos, contactó al entonces extraditado narcotraficante  Juan Carlos Sierra Ramírez “El Tuso”, logrando que mediante dos escritos, afirmara que en la visita parlamentaria realizada por la fallecida Piedad Córdoba, Rodrigo Lara Restrepo e Iván Cepeda Castro, le habían ofrecido beneficios específicamente asilo político en Suiza para su familia, “si declaraba en contra de Álvaro Uribe Vélez, por sus presuntos vínculos con grupos al margen de la Ley, lo que dio a conocer a la Corte en escritos del 1 de agosto de 2018, donde además, imploraba se le escuchara en declaración, induciendo en error a la Corte Suprema”.

Igualmente, lo condenó por fraude procesal por el evento denominado ‘Privados de la Libertad Cómbita’ en el que Máximo Cuesta Valencia, alias “Sinaí”, Elmo José Mármol Torregrosa, alias “El Poli” y Giovanny Alberto Cadavid Zapata alias “Cadavid”, todos recluidos en 2018 en la cárcel de Cómbita, entregaron al tiempo al abogado Diego Cadena cartas con versiones muy parecidas a la justicia.

“Concuerdan en que en 2012, Iván Cepeda –por intermediación de la abogada Mercedes Arroyave– los abordó de sorpresa para pedirles que declararan que Uribe sí tenía relaciones con paramilitares, a cambio de beneficios jurídicos y económicos. Pero hay pruebas de que Cepeda se reunió con ellos, porque ellos lo pidieron. También hay pruebas de que los exparas mintieron al decir que no conocían a Diego Cadena. Ninguno escribió la carta en la que declararon las supuestas presiones”, señala esa sentencia.

Sin embargo, en la misma sentencia la juez lo absolvió del delito de soborno simple en relación con el caso de la exfiscal de justicia y paz Hilda Niño Farfán y del delito de fraude procesal por el evento denominado Pacho Cundinamarca en relación con Harlintong Mosquera.

Pruebas y el testigo estrella

La juez Sandra Heredia negó la petición de la defensa de excluir como pruebas las grabaciones logradas por el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve en la Cárcel La Picota, a través de relojes espía donde captó la reunión sostenida con el abogado Diego Cadena, con presencia de su compañero de celda Enrique Pardo.

La juez concluyó que dichas grabaciones no se constituyeron en medio de una actuación indebida o ilegítima, ni se observaron marcas o prueba alguna de alteración o manipulación del contenido de esas grabaciones.

El exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, considerado testigo estrella contra el expresidente Álvaro Uribe, paga una condena en la actualidad de 44 años de prisión por cargos de secuestro extorsivo y está recluido en una casa fiscal de la cárcel de la Picota en Bogotá.

De acuerdo con la defensa el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve no es un testigo creíble, le mintió a la justicia al señalar en su momento al expresidente Uribe de ser el creador del Bloque Metro de las Autodefensas y por el contrario, incurrió en declaraciones contradictorias.

Sin embargo, para la defensa en juicio se demostró que ni siquiera conocía a Uribe Vélez y apenas, lo había visto en dos actos públicos y por ello, no puede ser testigo de lo que no ha visto, ni conoce.

El origen del proceso

El origen de este largo proceso se remonta a 2012, cuando el entonces congresista Álvaro Uribe denunció por supuesta manipulación de testigos al senador de Iván Cepeda, señalándolo de recorrer cárceles en el país ofreciendo beneficios y otras prebendas a reclusos para que declaran en su contra y lo vincularan con la creación del 'Bloque Metro' de las autodefensas, denuncia que amplió el expresidente en 2014.

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Sin embargo, luego de 4 años, el (16 de febrero de 2018) el proceso dio un giro de 180 grados, ya que la Corte Suprema de Justicia archivó la denuncia contra Iván Cepeda al determinar que no manipuló a ningún recluso y en cambio, abrió una investigación por supuesto soborno a testigos y fraude procesal contra Álvaro Uribe, al considerar que a través de su abogado Diego Cadena habría cometido esa práctica para incriminar al congresista Cepeda.

La investigación siguió adelante y tras un año y 8 meses, el 8 de octubre de 2019 el expresidente fue citado a rendir indagatoria ante la Corte Suprema de Justicia y el 4 de agosto de 2020 ese alto tribunal dictó detención domiciliaria a Álvaro Uribe y tan solo cuatro días después renunció a su curul en el Senado, lo que provocó que su caso pasara de la Corte Suprema a la Fiscalía General de la Nación.

Tras completar 67 días bajo detención preventiva en su finca El Ubérrimo en Montería (Córdoba), el 10 de octubre de 2020 la juez 30 de control de garantías de Bogotá ordenó su libertad inmediata al considerar que esa medida no era procedente en el nuevo contexto del proceso.

Bajo la administración del entonces fiscal general, Francisco Barbosa, entre 2021 y 2023, dos fiscales delegados ante la Corte solicitaron la preclusión del proceso contra el expresidente Uribe, argumentando que no existían pruebas suficientes de una responsabilidad directa del exmandatario en una manipulación de testigos, sin embargo, dos jueces distintos y el Tribunal Superior de Bogotá negaron esa posibilidad.

En abril de 2024, tras la llegada de la nueva fiscal general Luz Adriana Camargo el proceso se reactivó y con el gran parte de las pruebas contenidas en el expediente adelantado por la Corte Suprema, y cerca de un año después, el 6 de febrero de 2025 arrancó el juicio contra el expresidente Uribe.

Fuente:
Sistema Integrado de Información