Con la llegada de Bre-B, los colombianos estaban felices porque las transferencias llegan al instante desde cualquier cuenta bancaria que se realice el envío o haga su recepción y además, gratis. Pero algo nuevo ha alertado a los ciudadanos que usan las billeteras digitales de manera diaria, y es que, en los últimos días, el Ministerio de Hacienda anunció un proyecto de decreto para aplicar la retención en la fuente del 1,5 % a estos pagos.
El ministro de Hacienda, Germán Ávila, explicó que la medida tiene como propósito establecer un tratamiento equivalente en la tarifa de retención en la fuente para los pagos electrónicos y aquellos efectuados con tarjetas de crédito o débito, los cuales ya están sujetos a este impuesto.
El documento oficial señala que la disposición busca “evitar el arbitraje entre diferentes productos” y reconocer un trato similar entre los medios de pago que ofrecen plena trazabilidad transaccional.

El monto retenido por la plataforma, ya sea Bre-B o una billetera digital como Nequi o Daviplata, será transferido directamente a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
¿A quiénes afectará la retención del 1,5 %?
La retención del 1,5 % se aplicará únicamente a los pagos o abonos que representen ingresos sujetos a tributación, es decir, a quienes reciban dinero por medio de transacciones electrónicas provenientes de la venta de bienes o la prestación de servicios.
Pero es importante aclarar que los usuarios que utilicen estas plataformas únicamente para transferencias personales, como enviar dinero a un amigo o dividir el costo de una cuenta, no estarán sujetos a este descuento, ya que esos movimientos no se clasifican como ingresos gravados.
Este esquema de retención en la fuente sería válido para las operaciones realizadas mediante Bre-B, Nequi, Daviplata, PSE y los códigos QR, siempre que las transacciones cumplan con las condiciones establecidas en la normativa.

¿Cómo se calcula el impuesto en pagos electrónicos?
- Determine el valor total de la transferencia.
- Calcule la retención correspondiente.
- Multiplique el monto de la operación por la tarifa del 1,5 % (0,015).
De esta forma, cualquier persona podrá conocer cuánto se descontaría de una transacción específica si la medida entra en vigencia.