Reforma pensional no regirá desde el 1 de julio: Corte aclaró qué pasará con cambios en pensiones
El alto tribunal informó que la fecha de entrada en vigencia deberá ser redefinida, una vez el Congreso atienda ciertos aspectos clave.

El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez, advirtió este viernes 27 de junio que la reforma pensional promovida por el presidente Gustavo Petro no entrará en vigor el próximo martes 1 de julio, como lo estipulaba el texto aprobado por el Congreso.
La razón es que el alto tribunal ordenó a comienzos de mes suspender temporalmente su entrada en vigencia debido a irregularidades en el trámite legislativo, las cuales deben ser corregidas.
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“Se suspendió su vigencia por la Corte, porque la ley preveía que entrara en vigencia a partir del 1 de julio y hay que subsanar la irregularidad que la Corte determinó, entonces no puede entrar en vigencia el 1 de julio”, explicó el magistrado durante el evento de Declaración de Principios de Ética Judicial.

El pronunciamiento del magistrado se produjo después de que el Gobierno nacional convocara a sesiones extraordinarias en el Congreso, con el objetivo de que la Cámara de Representantes subsane las irregularidades detectadas en la fase final del cuarto debate de la reforma pensional. No obstante, la Corte precisó que la entrada en vigencia de la reforma no depende únicamente de que se corrijan esos vicios.
Esto pasará con los cambios en las pensiones
El magistrado Ibañez detalló que, una vez la Cámara de Representantes corrija las irregularidades identificadas en el proceso de aprobación, deberá remitir al alto tribunal un informe detallado cómo se arreglaron los vicios en el trámite.
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El documento deberá ser analizado por la Sala Plena de la Corte Constitucional, la cuál se encargará de tomar una decisión definitiva sobre la demanda interpuesta por la senadora del Centro Democrático, Paloma Valencia.

“Solo hasta tanto la Cámara verifique que se ha cumplido con el trámite que ordenó la Corte, luego que remita el informe a la Corporación para que ella determine efectivamente si se subsanó o no la irregularidad, podamos entrar a resolver de fondo la demanda que en su momento fue presentada”, dijo el magistrado.
Y a renglón seguido precisó: "Una vez cumpla con esas órdenes, tendrá que verificarse si hubo alguna modificación del texto de la ley. Si es así, el proyecto deberá volver al Senado para surtir un nuevo procedimiento de conciliación”.
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Pensional no entraría en vigencia el 1 de julio
El presidente de la Corte Constitucional señaló que la reforma pensional no entrará en vigor el próximo martes 1 de julio, como se tenía previsto. En ese sentido, será el Congreso quien deberá establecer una nueva fecha, ya que es esta rama del poder público la que tiene la facultad para hacerlo.

"Esperemos a que el Congreso defina justamente ese término para que los operadores jurídicos, después de la verificación que haga la Corte, estén en disposición de poner en ejecución la ley, si se cumple con la subsanación", expresó Ibañez.
Por ahora, el Gobierno nacional apuesta por que, a través de las sesiones extraordinarias, se logre corregir los vicios antes del 1 de julio.