El monto que tendrá que pagar de SOAT por su carro o moto en 2019

La Superintendencia Financiera dio a conocer las tarifas oficiales.
El SOAT de los colombianos
El SOAT de los colombianos Crédito: Foto de Fasecolda

La Superintendencia Financiera de Colombia dio a conocer las condiciones técnicas y financieras de la operación del seguro de daños corporales causados a personas en accidentes de tránsito (SOAT).

Dado que la prima comercial del SOAT está indexada al salario mínimo mensual legal vigente, la Superintendencia Financiera de Colombia publicó su valor expresado en pesos.

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Estas son las tabla tarifas comerciales año 2019

1. ¿Qué es el Seguro Obligatorio de Daños Corporales Causados a las Personas en Accidentes de Tránsito (SOAT)?

Es un Seguro Obligatorio para todos los vehículos automotores que transiten por el territorio nacional, ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, incluye los vehículos extranjeros que circulan por el territorio nacional y excluye aquellos que se movilizan por vías férreas y la maquinaria agrícola.

Este seguro y sus coberturas fueron creados por ley. Hace parte del Sistema General de la Seguridad Social en Salud del país y las tarifas son calculadas por la Superintendencia Financiera de Colombia.

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2. ¿Qué es un vehículo automotor?

Son aparatos provistos de un motor de combustión interna, eléctrico y/o de cualquier otro tipo de generación de energía, destinado a circular por el suelo para el transporte de personas o de bienes, incluyendo cualquier elemento montado sobre ruedas que le sea acoplado.

3. ¿Cuál es la filosofía del SOAT?

El SOAT fue creado bajo la filosofía de solidaridad, equidad y sostenibilidad. La equidad y solidaridad se fundamentan en la atención a los lesionados en accidentes de tránsito, con el fin de garantizar la atención oportuna y procurando preservar la vida del ser humano afectado sin importar su nivel socio-económico. Para garantizar estos pilares, los recursos del SOAT son administrados por diferentes entes territoriales a nivel nacional, de índole público y privado (aseguradoras, agencia nacional de seguridad vial, etc).

Periódicamente diferentes organismos tales como la Superintendencia Nacional de Salud (atención oportuna y eficaz de los lesionados) y la Superintendencia Financiera de Colombia (velar por los derechos de los consumidores ante las aseguradoras por la adquisición de este tipo de seguro y las tarifas que las mismas deben cobrar), revisan la sostenibilidad del sistema.

4. ¿Cuáles son las principales características del SOAT?

* Los asegurados son las personas que resulten lesionadas o con daños corporales en un accidente de tránsito.

* Las coberturas previstas son gastos médicos, farmacéuticos, hospitalarios y/o quirúrgicos; incapacidad permanente; fallecimiento, gastos funerarios y gastos de transporte para movilizar a los afectados de acuerdo con los topes establecidos.

* Es de cubrimiento universal, es decir, cubre a todas los lesionados que resulten en un accidente de tránsito.

5. ¿Quiénes deben tener SOAT?

Todo vehículo automotor que circule en el país, incluyendo los vehículos extranjeros que circulen en forma transitoria por el territorio nacional, tienen la obligación de contar en todo momento con un SOAT vigente.

6. ¿A quiénes cubre el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito?

En caso de accidente de tránsito, el seguro obligatorio cubre a todas los lesionados:

* Al conductor.

* A los ocupantes particulares.

* A los pasajeros (vehículos de servicio público).

* A los peatones.

En los casos en que no existe seguro o el vehículo no es identificado, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud - ADRES, a través de la subcuenta de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito ECAT, cubre a los lesionados.

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