Este es el plazo para cambiarse de Colpensiones a fondo privado o viceversa en el régimen de transición

La reforma pensional trae cambios importantes para quienes están próximos a pensionarse bajo el régimen de transición en Colombia. Conozca lo que debe saber.
Régimen de transición
Los trabajadores que están próximos a pensionarse hacen parte del régimen de transición de la reforma pensional, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos. Crédito: Colprensa y Pixabay

Si usted está cerca de la edad de pensión y hace parte del régimen de transición, todavía puede cambiarse entre Colpensiones y un fondo privado. Sin embargo, esta posibilidad no es para todo el mundo: solo aplica para quienes cumplan con una serie de requisitos específicos que fueron establecidos por la reciente reforma pensional, aprobada en Colombia bajo la Ley 2381 de 2024.

Esta norma, que busca unificar y reorganizar el sistema pensional del país, introduce una disposición especial para aquellos afiliados que están próximos a jubilarse y que han acumulado un número importante de semanas cotizadas.

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De acuerdo con la experta en derecho laboral Adriana Camacho Ramírez, directora de la Maestría en Derecho Laboral de la Universidad del Rosario, esta medida representa una nueva oportunidad para que quienes cumplan ciertas condiciones puedan evaluar cuál régimen les conviene más: el público, administrado por Colpensiones, o uno privado, manejado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Fecha límite para cambiarse de régimen de pensión

La fecha límite para realizar este cambio de régimen es el 16 de julio de 2026. Hasta ese día, quienes cumplan con los requisitos podrán hacer el traslado en cualquier momento, siempre y cuando se someta al proceso de doble asesoría. Esta fecha fue establecida por el Decreto 1225 de 2024, que reglamenta los artículos de la reforma.

Reforma pensional
Elegir entre el régimen público o privado bajo la normativa de la Ley 100 de 1993 define el futuro de una persona próxima a pensionarse.Crédito: Colprensa

¿Quiénes pueden cambiarse de régimen pensional?

Según explicó la profesora Camacho en entrevista con La FM de RCN Radio, las personas interesadas en hacer el cambio deben cumplir cuatro condiciones fundamentales:

  1. Estar en el régimen de transición, lo cual implica haber acumulado un mínimo de semanas cotizadas al 30 de junio de 2024: 750 semanas si es mujer o 900 si es hombre.
  2. Hacerlo diez años antes de cumplir la edad de pensión, como lo establece la Ley 100 de 1993. Esto quiere decir, que las mujeres pueden hacer el trámite hasta los 47 años, y los hombres hasta los 52.
  3. No tener reconocida una pensión ni haber recibido una devolución de saldos o indemnización sustitutiva, lo que indicaría que ya no está activo en el sistema.
  4. Haber realizado la doble asesoría, un paso obligatorio que permite que el afiliado reciba información detallada tanto de Colpensiones como del fondo privado sobre cómo sería su pensión en cada caso. Esta asesoría ayuda a tomar una decisión informada con base en la historia laboral y las proyecciones de cada régimen.

La importancia de la doble asesoría

La doble asesoría es un requisito que no puede omitirse. “Yo en mi mente puedo pensar que me conviene más estar en Colpensiones, pero gracias a la doble asesoría voy a tener un panorama mucho más claro de cómo va a ser mi futuro pensional”, explicó Adriana Camacho. Este proceso, además de obligatorio, es gratuito y se puede realizar directamente con las entidades administradoras.

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Tanto Colpensiones como las AFP están obligadas a proporcionar un análisis personalizado que incluya el cálculo estimado de la pensión que recibiría el afiliado en cada régimen. De esta forma, la persona puede comparar con claridad y decidir en función de su bienestar futuro.

Reforma pensional
Para hacer parte del régimen de transición de la reforma pensional, los hombres deben tener 900 semanas cotizadas al 30 de junio de 2024, mientras que las mujeres deben tener 750.Crédito: Colprensa

¿Qué pasa si no cumple los requisitos?

Si usted no está en régimen de transición o ya recibió la devolución de saldos, no podrá acogerse a esta oportunidad especial. En ese caso, seguirá vigente la regla general establecida por la Ley 100 de 1993, que permite cambiarse de régimen cada cinco años, siempre que no falten menos de diez años para alcanzar la edad de pensión.

Esta medida incluida en la reforma pensional busca dar una última oportunidad a quienes están en régimen de transición para definir su camino pensional. Si usted cumple los requisitos, puede hacer el cambio hasta el 16 de julio de 2026, pero no deje todo para última hora: solicite la doble asesoría cuanto antes y tome una decisión informada sobre su futuro.


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