Ahorrar para la vejez es muy importante, pues permite a las personas vivir dignamente cuando ya no están en edad de trabajar y poder disfrutar de la jubilación. Para tal fin, la legislación colombiana dispone para los trabajadores del Sistema General de Pensiones, que busca garantizar no solo el amparo durante la vejez, sino durante las contingencias por invalidez o muerte.
De tal forma que los colombianos deben aportar a un fondo de pensiones de preferencia, ya sea del Régimen de Prima Media (Colpensiones) o del Régimen de Ahorro Individual (fondos privados).
Por ley, estos aportes a pensión equivalen al 16 % del salario base de cotización (IBC) del trabajador. Los empleados deben aportar el 4 % y los empleadores el 12 %. En el caso de los trabajadores independientes, deben asumir el 16 % sobre el 40 % de sus ingresos.
Esto sucede en el caso de los trabajadores colombianos que viven y devengan su salario en el país. No obstante, existen muchos connacionales que, por diferentes circunstancias, prefieren migrar al exterior. Si bien la ley no les exige cotizar a un fondo de pensiones en Colombia, puede ser necesario, ya que se trata de un ahorro que los protegerá en su etapa de vejez o en situaciones de invalidez.

¿Cómo cotizar a pensión desde el exterior?
Por medio del Decreto 682 de 2014, mediante el cual se establecen los mecanismos de protección social para los colombianos migrantes y sus familias en Colombia, se dan a conocer las normas para la cotización de pensiones y los aportes a cajas de compensación familiar en el país.
Como norma general, los aportes a pensión no deben realizarse sobre un IBC inferior al salario mínimo legal vigente, ni por ingresos superiores a 25. El valor de los aportes debe realizarse como si se tratase de un trabajador independiente en Colombia.
Aportes a Colpensiones: La entidad pública de pensiones, que administra el Régimen de Prima Media, cuenta con el programa Colombianos en el exterior. Si va a realizar un aporte por primera vez, la entidad permite afiliarse siguiendo estos pasos:
- Acceda al siguiente enlace: https://pawcex.colpensionestransaccional.gov.co/.
- Inicie sesión con su usuario y contraseña; si aún no tiene cuenta, regístrese.
- Diríjase a la pestaña “Trámites” y haga clic en la opción “Vinculación inicial”.
- Diligencie el formulario en línea; al finalizar, recibirá el número de radicado de su solicitud.
- Verifique que la respuesta del trámite llegue a su correo electrónico.
¿Cómo realizar los aportes?: Colpensiones dispone de dos métodos de pago para realizar los aportes: por medio de una tarjeta Visa o MasterCard a través del portal de Colpensiones, o por la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

Al pagar con una tarjeta Visa o MasterCard, el usuario debe ingresar al portal de Colpensiones, ingresar su usuario y contraseña, dirigirse a la pestaña de aportes y seguir los pasos. Si desea hacer los aportes por medio de la planilla PILA, debe elegir un operador para ello y seguir estos pasos:
- Seleccione un operador autorizado por el Ministerio de Salud para el recaudo de aportes.
- Ingrese a la página web del operador elegido.
- Acceda con su usuario y contraseña o realice el registro correspondiente.
- Diligencie los datos básicos como trabajador y, si aplica, como subcotizante en caso de no efectuar aportes en salud, incluyendo información de contacto en Colombia.
- Complete la información requerida en la Planilla Integrada, según el operador seleccionado.
- Verifique el resultado de la liquidación de los aportes.
- Efectúe el pago correspondiente.
- Confirme y descargue los comprobantes de pago.
- Revise periódicamente el historial laboral para verificar las transacciones realizadas.
Aportes a los fondos privados: Los aportes a los fondos privados se realizan por medio de la planilla PILA, por lo que se deben seguir los pasos anteriormente descritos.