Estos pensionados tienen derecho al incremento del 14% en su mesada
Algunos pensionados en Colombia aún tienen derecho a un aumento del 14% en su mesada mensual.

El sistema pensional en Colombia representa una garantía económica crucial para millones de personas que, tras haber trabajado durante años, alcanzan el derecho a recibir una mesada mensual. Este ingreso no solo permite cubrir necesidades básicas en la vejez, sino que también otorga estabilidad y dignidad en una etapa donde las capacidades laborales suelen estar limitadas.
Las pensiones se conceden principalmente por tres razones: alcanzar la edad y semanas cotizadas (vejez), sufrir una incapacidad que impida seguir trabajando (invalidez), o por el fallecimiento de un afiliado (sobrevivencia). Sin embargo, no todos los pensionados reciben los mismos beneficios. De hecho, existe un grupo específico que tiene derecho a un incremento del 14% en su pensión mensual, gracias a una normativa anterior a la Ley 100 de 1993.
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¿De dónde surge el incremento del 14%?
Este beneficio está respaldado por el Acuerdo 049 de 1990, una norma expedida por el extinto Instituto de Seguros Sociales (ISS), que en su momento definió condiciones clave sobre el acceso y el valor de las pensiones por vejez e invalidez.

En el artículo 20 del acuerdo se estableció que ciertos pensionados recibirían un aumento del 14% en su mesada, como una forma de proteger su poder adquisitivo frente a las condiciones económicas del país. Esta medida buscaba que quienes habían cumplido con los requisitos del régimen vigente en esa época, no vieran afectado su nivel de vida.
¿Quiénes tienen derecho a este aumento?
El incremento del 14% no aplica para todos los pensionados en Colombia, sino únicamente para aquellos que cumplan con estas condiciones:
- La pensión debe haberse causado y reconocido bajo el Acuerdo 049 de 1990, es decir, antes de la entrada en vigor de la Ley 100 de 1993.
- El tipo de pensión debe ser por vejez o invalidez. Este aumento no aplica a las pensiones de sobrevivientes.
- El pensionado debe haber sido beneficiario directo de ese régimen específico, ya que quienes se pensionaron con normativas posteriores, como la Ley 100 de 1993, no están cobijados por este incremento.
Esto significa que la fecha en la que se adquirió el derecho a la pensión es clave. Si la persona empezó a recibir su pensión luego de que entró en vigencia la Ley 100 (abril de 1994), es muy probable que no tenga derecho al aumento del 14%.
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Este tema generó controversia durante años, especialmente porque el antiguo Instituto de Seguros Sociales intentó eliminar este beneficio. Sin embargo, el Consejo de Estado dejó en firme los artículos 21 y 22 del Acuerdo 049, negando una solicitud de nulidad interpuesta por el ISS.
La alta corte determinó que los pensionados bajo ese régimen siguen teniendo derecho al incremento del 14%, y que dicha prestación no fue derogada por la Ley 100 de 1993. En otras palabras, este derecho sigue vigente para quienes cumplen con las condiciones mencionadas, incluso décadas después.

¿Y qué dice el Acuerdo sobre los beneficiarios familiares?
El Acuerdo 049 también contempla otros porcentajes de incremento, dependiendo del tipo de beneficiario:
- 14% adicional para el cónyuge o compañero(a) permanente del pensionado.
- 7% adicional en caso de hijos en condición de dependencia.
Eso sí, estos incrementos solo se aplican mientras se mantenga la condición de dependencia económica con el pensionado titular, tal como lo establece la norma.
¿Qué pasa con quienes se pensionaron bajo la Ley 100?
A partir de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, que transformó por completo el sistema de seguridad social en Colombia, se introdujeron nuevos esquemas para el ajuste de pensiones. Desde entonces, las mesadas se actualizan de forma anual, tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o el porcentaje que fija el Gobierno Nacional cada año.
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Es decir, quienes se pensionaron después de esta reforma no reciben el aumento del 14%, pero sí se les ajusta la pensión cada año según el comportamiento económico del país.