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Estas personas pueden cotizar 100 semanas adicionales para su pensión

Un grupo de trabajadores en Colombia puede reclamar hasta 104 semanas adicionales para completar los requisitos de pensión, según lo establece la ley vigente.

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Actualizado:
Lunes, Julio 7, 2025 - 14:30
Persona de la tercera edad
Trabajadores buscan cumplir requisitos para jubilarse y obtener una pensión estable. Conozca las semanas mínimas necesarias y el beneficio de reclamar semanas adicionales. Ley 100 de 1993 y Ley 2381 de 2024.
Pixabay

Muchos trabajadores cotizan a pensión año tras año con el objetivo de cumplir los requisitos para jubilarse al alcanzar la edad establecida por la ley: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. Obtener una pensión garantiza un ingreso estable una vez finalizada la vida laboral.

Bajo la normativa vigente, además de cumplir con la edad, es necesario acreditar un número mínimo de semanas cotizadas al sistema pensional. Quienes estén afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), deben acumular 1.150 semanas. Por su parte, quienes pertenezcan al Régimen de Prima Media (RPM), administrado por Colpensiones, deben cotizar 1.300 semanas.

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Con la entrada en vigencia de la reforma pensional, todos los trabajadores pasarán a cotizar en el RPM, por lo que deberán cumplir con las 1.300 semanas exigidas. No obstante, un grupo específico podrá reclamar hasta 104 semanas adicionales en su historial de cotización.

Esto representa una buena oportunidad para quienes no logren alcanzar el mínimo de semanas requeridas, ya que 104 semanas equivalen a dos años de trabajo. Este beneficio está contemplado en la Ley 100 de 1993 (normativa actual) y permanece vigente con la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024 (reforma pensional).

Personas de la tercera edad
Para pensionarse es necesario alcanzar cierto número de semanas cotizadas, además de cumplir con la edad requerida. No obstante, algunos trabajadores pueden solicitar semanas adicionales a su historial laboral.
Pixabay

¿Quiénes pueden obtener 104 semanas adicionales de pensión?

El beneficio de las 104 semanas adicionales aplica a dos grupos de trabajadores, en reconocimiento a labores donde los ingresos percibidos suelen no superar el salario mínimo.

Los trabajadores que pueden acceder a este beneficio son:

  • Quienes hayan prestado el servicio militar obligatorio.
  • Quienes hayan trabajado como médicos rurales en hospitales públicos.

Adriana Camacho, directora de la Maestría en Derecho Laboral de la Universidad del Rosario, explicó que el número de semanas depende del tiempo de servicio prestado. “Hay gente que ha hecho un año de servicio militar, pero hay otra que ha hecho dos. Entonces, esas semanas cambian”, dijo a La FM de RCN Radio.

También aclaró que, en el caso de los afiliados a un fondo privado bajo la Ley 100, es necesario contar con el capital suficiente para financiar la pensión. “No importa en qué régimen esté, esas semanas le sirven a cualquiera. De hecho, ahorita están muy cotizadas para llegar al régimen de transición: 900 semanas para hombres, 750 semanas para mujeres”, añadió.

Servicio militar
Quienes hayan prestado el servicio militar obligatorio podrán reclamar las semanas adicionales a su historial laboral.
Colprensa

¿Cómo reclamar las semanas adicionales?

Para reclamar las semanas adicionales, quienes hayan prestado el servicio militar deben solicitar un Certificado Electrónico de Tiempos Laborados (CETIL) al Ministerio de Defensa Nacional. En el caso de los médicos rurales, el certificado debe ser expedido por el hospital público donde prestaron su servicio.

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Estos documentos deben presentarse ante las entidades correspondientes para que se reconozcan las semanas adicionales y así obtener la pensión o acceder al régimen de transición establecido en la reforma. Por ello, es fundamental que quienes crean cumplir con los requisitos revisen su situación y soliciten el certificado que les acredite las semanas trabajadas.

Fuente:
Sistema Integrado Digital