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Colombia Mayor: Fechas para el pago de febrero 2023 y cómo saber si soy beneficiario

El pago tendrá en cuenta el ciclo de enero y febrero.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Febrero 7, 2023 - 16:57
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Desde el 2013, los adultos mayores de bajos recursos y que no cuentan con seguridad social, mensualmente reciben un subsidio por parte del Gobierno colombiano por un total de 80.000 pesos.

¿Cuándo se hará el pago de febrero 2023?

El Departamento de Prosperidad Social, organismo encargado de este y más subsidios, anunció que el programa Adulto Mayor continúa en vigencia, lo que confirmaría que los pagos están próximos a ser girados a las cuentas registradas. 

Sin embargo, aún no se ha publicado el calendario de pagos de 2023 y se espera próximamente inicie el desembolso de las nóminas de enero y febrero. 

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En este sentido, Prosperidad Social agregó que los beneficiarios deben estar pendientes del anuncio que harán por medio de sus portales oficiales y líneas de atención. 

Requisitos para ser beneficiario

Según Prosperidad Social, los adultos mayores que pertenezcan al grupo de beneficiaros deben: 

  • Ser colombiano.
  • Residir en Colombia durante los últimos 10 años.
  • No poseer ingresos suficientes.
  • Tener mínimo 3 años menos de la edad exigida de jubilación (57 años para mujeres y 62 para hombres).

Cabe destacar que este subsidio se entrega directamente al beneficiario a través de los puntos de pago establecidos, al Centro Diurno o al Centro de Protección Social al Adulto Mayor (CPSAM).

¿Cómo inscribirse?

Si reside en Bogotá, deberá dirigirse a las subdirecciones locales de la Secretaría de Integración Social con su documento de identidad. 

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El adulto mayor debe acercarse a la Alcaldía del municipio en el que reside y presentar la cédula original y dirigirse a la Oficina de Atención al Adulto Mayor. 

Al cumplir con los requisitos, los encargados procederán a realizar la inscripción del posible beneficiario en el Sistema de Información de Colombia Mayor.

Tenga en cuenta, que existen niveles de priorización:

Cada municipio tiene un cupo establecido para el programa; sin embargo, en la medida que se liberan cupos, se sigue en estricto orden de ingreso los potenciales beneficiarios con los siguientes criterios:

  • La edad del aspirante.
  • El resultado SISBÉN establecido para el ingreso al programa o el listado censal para el caso de los pueblos indígenas.
  • La minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
  • Personas a cargo del aspirante.
  • Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de alguna persona.
  • Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema, En este evento el beneficiario deberá informar que con este subsidio realizará el aporte a pensión con el fin de cumplir los requisitos. Este criterio se utilizará cuando al beneficiario le hagan falta máximo 100 semanas de cotización.
  • Pérdida del subsidio por traslado a otro municipio.
  • Fecha de solicitud de inscripción al programa.
Fuente:
Sistema Integrado Digital