Muchas personas en Colombia creen que, si no alcanzan a cotizar todas las semanas exigidas por la ley, simplemente no podrán pensionarse. Sin embargo, existe una alternativa legal que permite acceder a una pensión incluso cuando una sola persona no logra cumplir ese requisito. Se trata de la pensión familiar, una figura pensada para parejas que han construido su vida juntas y cuyos aportes, sumados, sí alcanzan para obtener una mesada.
Esta opción está dirigida a cónyuges o compañeros permanentes que, al llegar a la edad de retiro, no reúnen de manera individual las semanas necesarias, pero que sí pueden hacerlo en conjunto. Según lo explica el Ministerio de Justicia, la pensión familiar consiste en unir el dinero de la pareja para recibir una pensión equivalente a un salario mínimo legal vigente.
Aunque no es un mecanismo muy conocido, la pensión familiar puede marcar la diferencia para muchas personas que han trabajado durante años en condiciones de informalidad o con ingresos variables. No obstante, para acceder a ella depende si se cumplen con algunos requisitos que deben verificarse.

¿En qué consiste la pensión familiar y a quién está dirigida?
La pensión familiar consiste en permitir que dos personas que conforman una pareja puedan sumar sus semanas cotizadas para alcanzar el número mínimo exigido por la ley. Para ello, ambos deben estar afiliados al mismo régimen pensional. Es decir, los dos deben pertenecer al Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, o al Régimen de Ahorro Individual, que manejan los fondos privados.
Además, este beneficio está enfocado en población de menores ingresos. Por esa razón, uno de los requisitos es que la pareja esté clasificada dentro de ciertos grupos del Sisbén IV, específicamente en los niveles A1 a A5, B1 a B7 o C1 a C12.
Otro punto importante es que, al cumplir los 45 años, cada integrante de la pareja debe haber cotizado por lo menos el 25 % de las semanas requeridas para la pensión de vejez ordinaria. Más adelante, al momento de solicitar el reconocimiento, la suma total de los aportes de ambos debe ser igual o superior a 1.300 semanas.
En cuanto a la edad, se mantiene el mismo criterio de la pensión tradicional: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres. También se exige demostrar que la pareja ha convivido de manera continua durante los cinco años anteriores a la solicitud.

Esto se necesita para presentar la solicitud
Para iniciar el trámite, los interesados deben reunir varios documentos. Entre ellos está el formato oficial de solicitud de pensión familiar y una copia reciente del registro civil de matrimonio o de la declaración de unión marital de hecho realizada ante notaría, con una expedición no mayor a tres meses.
También se les exige una declaración en la que conste que ninguno de los solicitantes recibe pensión ni otros beneficios económicos del Estado. A esto se suman testigos que declaren de manera escrita y certifiquen la convivencia y las fechas en las que esta se dio, el formato de imposibilidad para continuar cotizando y los documentos de identidad de ambos.
Una vez radicada la solicitud, la administradora de pensiones revisa el cumplimiento de los requisitos y, si todo está en regla, emite la resolución que reconoce la pensión familiar. En caso de que la solicitud sea negada, el Ministerio de Justicia indica que los interesados pueden acudir directamente a la entidad para presentar su inconformidad, ya sea de forma oral o escrita.