Viajar a La Guajira será más barato: Habrá exención del IVA en servicios turísticos

Hasta el 31 de diciembre del 2030, se verán beneficiados hoteles, agencias de viaje y restaurantes.
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la Guajira se ha convertido en una de las alternativas para el ecoturismo. Crédito: Colprensa

A través del decreto legislativo 1267 de 2023, el Gobierno Nacional adoptó medidas temporales para la reactivación del turismo en el departamento de La Guajira, en medio de la emergencia social, económica y ecológica declarada en esa región del país.

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Dentro de los puntos más importantes, se establece la exención del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) a los diferentes servicios turísticos que operan en la zona, lo que permitirá reactivar el comercio en el sector y dar una respuesta a los empresarios sobre las preocupaciones que tienen en materia de ocupación.

Decreto emergencia económica
Decreto emergencia económicaCrédito: Pantallazo Decreto emergencia económica

Esta medida irá hasta el 31 de diciembre del 2030, y cobijará quienes presten servicios de alojamiento (albergues, apartahoteles, centros vacacionales, glamping), así como a agencias de viajes, guías turísticas, restaurantes y bares.

De igual forma, el documento establece que “el prestador del servicio deberá rendir un informe de ventas con corte al último día de cada mes, el cual deberá ser remitido dentro de los cinco primeros días del mes siguiente a la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas que corresponda a su domicilio fiscal”.

Este decreto, de igual forma establece que para el turismo se tendrá la suspensión temporal de la obligación del pago en la contribución parafiscal en el tercer trimestre del año en curso.

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“Quedarán exonerados de la obligación de pago del tercer trimestre de 2023 por este tributo sobre los establecimientos que se encuentren ubicados en el Departamento de La Guajira”, afirma el documento.

Finalmente, indica que el prestador de dichos servicios deberá entregar un informe detallado al Fondo Nacional de Turismo (Fontur), en el cual se tengan las especificaciones de las facturas o documentos equivalentes, registrando número, fecha, cantidad, especificación del servicio prestado y valor de la operación, las cuales están exentas del IVA.


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