Perfilamientos y diligencia reputacional ¿Cuál es la diferencia?

Andrés Otero indicó que estas actividades ayudan a evitar la financiación del terrorismo y lavado de activos.
Personas haciendo análisis
Personas haciendo análisis Crédito: Ingimage (Referencia)

Andrés Otero Leongómez, consultor en investigaciones e inteligencia corporativa, habló en la LA Fm explicó que el perfilamiento realizado a un individuo como una debida "diligencia reputacional", puede una práctica plenamente legal, en ciertas instancias, si se tiene el objetivo de detectar actividades ilegales o peligrosas por parte de dicho individuo.

Otero indicó el perfilamiento de personas es un recurso usado para evitar la financiación del terrorismo y lavado de activos, cuando se efectúa un contrato cuantioso o en la contratación de un alto ejecutivo en una compañía. "Para ello es necesaria una debida diligencia de revisión reputacional, que básicamente es un perfilamiento".

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"Empresas colombianas hacen perfilamientos de los empleados, para en la contratación de sus altos ejecutivos. Esto se hace para conocer y descubrir posibles casos de fraude, dichas diligencias reputación permiten detectar malas prácticas".

No obstante, Andrés Otero aclaró que una cosa es perfilar gente para conocer si tiene posibles vínculos con actividades ilegales, y otra muy distinta es ejecutar medidas ilegales como la interceptación de teléfonos para conocer qué está haciendo una persona.

"El hackeo o chuzadas son actividades abiertamente ilegales, vigilar comunicaciones requiere de una orden judicial previa".

El experto en investigaciones e inteligencia corporativa señaló que hoy en día las personas constantemente está entregando voluntariamente, información sobre su ideoligía, preferencias y actividades.

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"Vivimos en un mundo de big data y algoritmos, tan solo en medio del confinamiento la gente baja aplicaciones y se ha metido a ciertas páginas. Así que como individuos hemos renunciado a nuestra privacidad y hemos entregado información a terceros".

Otero asegura que toda esta información se puede recabar a través de bases de datos y esta situación no representa una acción ilegal. "Esto hace parte del mundo en el que ahora vivimos y tratar de contener esto, es como pelear con la tecnología de apps para el transporte".

Sin embargo, el experto destacó que sí es necesario limitar los accesos a estas bases de datos, para así controlar mejor el manejo de esta información. Otero, también resaltó que se podría configurar como un hecho ilegal, si terceros acceden a estas bases de datos para alterar la información sobre una persona.

"Es ilegal cuando la información que se produce no es información veráz, cuando se mete información falsa en estos perfiles, creando vínculos falsos con organizaciones ilegales. En este caso creo que es la raya de lo legal y lo ilegal".

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Por otra parte, Andrés Otero indicó que se resiste a creer que la interceptación de comunicaciones a personas sea una práctica sistemática de una entidad, por el contrario indicó que estos hechos se producen porque en las organizaciones de inteligencia hay "seres humanos que están al servicio de alguien y por ello es valioso que se realicen investigaciones internas".

"Soy de la política de las 'manzanas podridas', hay que buscarlas y retirarlas, no creo que sea un tema doctrinario de estar chuzando gente".

Finalmente, Otero resaltó que en este momento se presenta una importante ausencia de control interno en las fuerzas militares. "La inteligencia no está hecha para el servicio del Gobierno de turno o para cierto sesgo político. Necesitamos un aparato de inteligencia que sea independiente y eso se perdió".


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