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Nuevo código de Policía y las faltas más sancionadas durante primeros tres años

En el último año se registraron mas de un millón doscientos mil comparendos, unos 200 mil más que en 2018.

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Jueves, Enero 30, 2020 - 13:24
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Colprensa

Se cumplieron tres años -este 30 de enero- de la implementación del Nuevo Código de Policía, que ha generado algunas controversias en el país.  En ese sentido, las autoridades reportan que el último año cerró con un millón 247.513 comparendos por comportamientos considerados "contrarios a la convivencia".

Entre las faltas más recurrentes cometidas por los colombianos está el porte de armas y elementos cortantes y punzantes, además de sustancias peligrosas en áreas comunes o lugares abiertos al público. 

“Se exceptúa a quien demuestre que tales elementos o sustancias constituyen una herramienta de su actividad deportiva, oficio, profesión o estudio”, había indicado la Policía en el primer año de implementación de este Código.

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Le sigue el porte de sustancias prohibidas en el espacio público, el consumo de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o prohibidas en estadios, coliseos, centros deportivos, parques, hospitales, centros de salud y, en general, en el espacio público. Excepto en las actividades autorizadas por la autoridad competente.

En la lista también se incluyen acciones como riñas o confrontaciones violentas que puedan derivar en agresiones físicas; también está evadir el pago de la tarifa, validación, tiquete o medios que utilicen los usuarios para acceder a la prestación del servicio esencial de transporte público de pasajeros, en cualquiera de sus modalidades. 

Ciudades

Las ciudades que más reportaron comparendos en el último año fueron Bogotá (352.913), Medellín (37.410), Cali (42.773), Barranquilla (30.343) y Santa Marta (16.073).

Frente a si hay alguna infracción del Código que no tenga sanciones, la Policía aseguró que “todo comportamiento contrario a la convivencia, de acuerdo a la Ley 1801 de 2016, tiene implícita unas medidas correctivas".

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Sin embargo, advierte la Policía, "está en la autonomía del uniformado señalar o no la medida, tal como lo expresa el artículo cuarto de la norma en consulta, pues al ser una ley de carácter preventivo si el ciudadano resarce su comportamiento no sería necesario señalar la misma”.

Para las autoridades, es importante aclarar que son éstas últimas las que garantizan el procedimiento, si imponen o revocan la medida señalada en el formato orden de comparendo. Tan solo en el año 2018 se registraron cerca de un millón de comparendos en todo el país.

Fuente:
Sistema Integrado de Información