Niegan tutela que pretendía devolverle cargo a la Exgobernadora de la Guajira

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Colprensa.

Foto: Colprensa - María Paula Rodríguez.

El Consejo de Estado señaló que a Pinto no se le violaron sus derechos.

La Sección Primera del Consejo de Estado, negó la acción de tutela presentada por la exgobernadora de La Guajira Oneida Rayeth Pinto Pérez, con la que pretendía dejar sin efectos el fallo que declaró nula su elección.

Según la providencia de la magistrada María Claudia Rojas Lasso, los consejeros que tomaron esa determinación no violaron ninguna garantía procesal que afectara los derechos de Pinto.

La elección de Pinto Pérez como Gobernadora de La Guajira, fue demandada por violación al régimen de inhabilidades, puesto que había ejercido como autoridad en la Guajira durante el año previo a su elección, lo cual está prohibido.

Al estudiar la demanda, la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección al encontrar que la exmandataria sí había violado dicha prohibición, por haber sido alcaldesa del municipio de Albania (Guajira) dentro del citado periodo inhabilitante.

La Sección Quinta advirtió que quienes sean seleccionados para cargos de elección popular en alcaldías y gobernaciones, quedan inhabilitados para aspirar a otro cargo de la misma naturaleza durante el año posterior a la terminación de su período.

Lo anterior indica que aun cuando los elegidos renuncien mucho antes de la terminación de su cuatrienio, no podrán inscribirse para las elecciones del período siguiente dentro de la misma circunscripción.


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