La multa por portar 'taser' o gas pimienta en Colombia

Conozca lo que dice la ley colombiana sobre el porte de 'taser' o gas pimienta.
Taser
Taser Crédito: AFP


En Colombia, el porte de 'taser' o gas pimienta está sujeto a regulaciones legales específicas. El artículo 365 del Código Penal prohíbe el porte de armas de fuego, incluyendo las pistolas taser.



A pesar de ello, las pistolas taser han ganado popularidad como herramientas de defensa personal debido a su capacidad para inmovilizar a un individuo con una descarga eléctrica.



Según la Ley de Seguridad Ciudadana, concretamente el artículo 27 de la Ley 2197, se establece que el porte de una pistola taser en Colombia requiere de una autorización especial. Esto significa que, sin la correspondiente autorización, no es legal poseer una pistola taser para uso personal, ya que actualmente está disponible solo para las fuerzas policiales y no para el público en general.



Le puede interesar: Multas de tránsito: ¿Cuál es el plazo para hacer el curso pedagógico?



"Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público. Se exceptúa a quien demuestre que tales elementos o sustancias constituyen una herramienta de su actividad deportiva, oficio, profesión o estudio", establece la ley.



Respecto al gas pimienta, la Corte ha aclarado que su porte está prohibido en lugares con aglomeraciones, pero sí puede ser llevado en otros sitios.



La Ley 1801 de 2016 establece que el porte de elementos que representen un riesgo para las personas es contrario a la convivencia, a menos que forme parte de una actividad deportiva, oficio, profesión o estudio.



El uso de armas no letales como el gas pimienta está permitido, pero su utilización en lugares públicos con aglomeraciones puede acarrear sanciones.



Lea también: Menores podrán salir del país sin autorización de padres que deban la cuota alimentaria



¿Cuál es la multa?



Portar un 'taser' o gas pimienta implica una multa tipo 2, la cual está estipulada en el Artículo 180 del Código Nacional de Policía. Esto significa que la persona deberá pagar 8 salarios mínimos diarios legales vigentes ($346.664) en 2024.



Temas relacionados




Fenómeno de El Niño en Medellín: autoridades reportan más de 80 sanciones por desperdicio de agua

Los operativos se desarrollan en zonas públicas de la ciudad, especialmente en lavaderos de carros

“La Fuerza Pública no se retirará”: Alcalde de Santa Marta confirma cuánto tiempo seguirá militarizada la ciudad tras jornada de violencia

santa marta paro armado acsn militarización alcalde santa marta pinero seguridad sierra nevada violencia población civil

Tatiana Londoño, hija de Fernando Londoño, sería cónsul en Washington

Tatiana Londoño Camargo sería la nueva cónsul de Colombia en Washington.

Mauricio Gaona revisará el proceso de paz ante la ONU: "No creemos en el romanticismo de la paz en Colombia"

Mauricio Gaona

Santa Marta paralizada por la violencia: Comerciantes reportan pérdidas por más de $42.000 millones

violencia magdalena negocios afectados comercios santa marta balance fuerza publica

Apretón de manos con Trump y foto con Zelenski: el vicepresidente Restrepo, protagonista en la ONU

José Manuel Restrepo

Las seis de las 6 con Juan Lozano | miércoles 23 de septiembre de 2026

Las Seis de las 6 con Juan Lozano

🔴 EN VIVO | Noticiero La FM con Juan Lozano - 23 de septiembre de 2026

En vivo noticiero 24 de agosto de 2026.

Caso Natalia Villalba: videos muestran cómo salió del edificio el presunto responsable del crimen

Natalia Villalba fue hallada sin vida en un apartamento del norte de Bogotá.

Fútbol femenino en Colombia: salarios, maternidad y falta de promoción preocupan a las jugadoras

En Sin Filtro de La FM se habló sobre las situaciones que enfrentan las mujeres dentro de este deporte.

De la Espriella ordena militarizar Santa Marta ante amenazas de las ACSN tras la caída de alias ‘Cholo’

Abelardo De La Espriella