DIAN inicia la devolución de dinero: así puede reclamarlo si presentó declaración de renta
Durante 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales realizó la devolución de más de 22 billones de pesos colombianos correspondientes a saldos a favor.

El viernes 24 de octubre terminan los plazos para que los contribuyentes colombianos hagan su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN. Con el fin del calendario tributario, la entidad iniciará el proceso de revisión y y devolución de dinero que corresponde a los saldos a favor.
De acuerdo con la DIAN, los contribuyentes pueden acceder a este beneficio siempre y cuando quede demostrado, con la declaración de renta, que han pagado más de lo que les corresponde. Una contadora consultada por La FM digital, indicó que los saldos a favor se generan luego de retenciones anticipados.
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De acuerdo con la DIAN, en 2024, se realizaron más de 50.000 devoluciones de saldos a favor de los contribuyentes, por un total que superaron los 22 billones de pesos colombianos.

¿Existen plazos de reclamo del saldo a favor?
En Colombia, los contribuyentes que registren un saldo a favor tienen dos caminos para usarlo. El primero de ellos es usarlo para pagar impuestos de años futuros. Los contadores suelen recomendar esta opción, puesto que involucra menos trámites.
También puede optar por la devolución del saldo en efectivo. En este caso, suele solicitarse cuando son montos altos. La DIAN indica que debe realizarse la radicación por medio del Servicio Informático de Devoluciones, siempre y cuando el contribuyente cuente con firma electrónica. De no ser así, el proceso deberá realizarse de forma manual.
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De acuerdo con la entidad, la solicitud de devolución puede hacerse al día siguiente de presentada la renta. El formato a diligenciar es el 120 (Relación de retenciones a título de Renta) por el año en el que se haga la petición y un formato 1220 por cada año en el que se arrastre el saldo a favor.
Una solicitud puede tardar en hacerse hasta dos años presentada la renta en la que se generó el saldo a favor.

Tiempos de devolución y requisitos a cumplir para la devolución en 2025
Las personas interesadas en reclamar el dinero a favor deben contemplar ciertos requisitos a cumplir. Por ejemplo, el saldo a favor debe corresponder al liquidado en la declaración inicial del impuesto sobre el 2024, por medio del formulario 210. El saldo liquidado debe haberse generado en este mismo año.
Asimismo, los formularios deben presentarse en tiempos establecidos por la ley y no haber sido objetos de corrección. También es importante tener actualizado el RUT y no registrar los códigos 18, 19 y 87, que corresponden a la 'sucesión ilíquida', a la 'sucesión líquida' y a 'persona fallecida reportada por Registraduría Nacional del Estado Civil' respectivamente.
Los solicitantes no deben tener obligaciones pendientes con la DIAN, y tampoco deben haber registrado ingresos por ganancias ocasionales, o haber sido beneficiarios de descuentos tributarios o compensaciones por pérdidas.
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La Dian realizará el reembolso en diferentes tiempos:
- 15 días después de radicada la solicitud, siempre y cuando se cumplan con requisitos para acceder a la devolución automática.
- En el caso de contribuyentes que presenten garantías a favor de la nación, tendrán en su cuenta la devolución en un plazo máximo de 20 días.
- Finalmente, el retorno puede tardar hasta 50 días en casos comunes.