Corte Constitucional advirtió bajo cumplimiento en la entrega de medicamentos y problemas con 174 fármacos
La Corte también advierte que existen problemas de dispensación de 174 fármacos, impactando a los pacientes con patologías graves.

La Corte Constitucional volvió a pronunciarse sobre la problemática con la entrega de medicamentos por parte de las entidades de salud.
El alto tribunal declaró el nivel de cumplimiento bajo, pese a que ya se había ordenado, mediante el Auto 1282 del 3 de septiembre de 2025, que tanto el Ministerio de Salud como las EPS deberían mejorar el suministro de medicamentos.
La Corte Constitucional señaló que la falta de recursos es uno de los factores limitantes para la dispensación de los medicamentos PBS.
En este sentido, este análisis se da a partir del seguimiento a la Sentencia, (T-760 de 2008) donde el alto tribunal señaló que existe una deuda acumulada entre los distintos actores del sistema de salud, que impide el suministro de fármacos PBS, pues la falta de flujo de recursos limita su dispensación.
Frente a esto la Corte también señaló que la cartera de 14 gestores farmacéuticos que remitieron datos a la Corte era de $4.180.891.726.200,25.
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Por tanto, entre enero de 2022 y julio de 2025, la no entrega, entrega incompleta o inoportunidad en el suministro de medicamentos ha ido en aumento, lo cual se evidencia en el incremento significativo de acciones de tutela por esta causa.
Por consiguiente, la Sala de revisión destacó que entre enero 2022 y diciembre de 2023 se dio un incremento porcentual del 32.46 %; entre enero de 2023 y diciembre de 2024 del 106.81 % y en el primer semestre del 2025, ya se alcanza el 59.67 % de las acciones de tutelas radicadas en el 2024.
Por otra parte, se advirtió que, al momento de expedición del auto en Colombia no hay desabastecimiento de medicamentos, lo cual se corrobora con los listados publicados por el Invima y las respuestas otorgadas por el Ministerio de Salud.
No obstante, sí existen problemas de dispensación de 174 fármacos, impactando principalmente a los pacientes con patologías graves, como enfermedades raras o huérfanas, varios tipos de cáncer, epilepsias, diabetes, VIH, convulsiones, condiciones oculares, problemas hormonales de crecimiento y antibióticos.
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En este sentido, señaló el alto tribunal que los trámites represados al interior del Invima, constituyen una barrera de acceso a los fármacos, toda vez que retrasan la disponibilidad de ingreso de nuevas moléculas al mercado e impiden la actualización de registros sanitarios que se encuentran pendientes.
Finalmente, la ausencia de información real y actualizada impide que los actores del sistema de salud emitan alertas sobre la falta de disponibilidad de los medicamentos y propongan alternativas terapéuticas a tiempo para evitar complicaciones en la salud de los pacientes y una mayor carga económica al sistema.