Ministerio de Salud pide informe sobre tutelas presentadas por derecho a la salud

Informe de tutelas en salud: Entidades deben reportar acciones de tutela para protección del derecho a la salud,
La lluvia de tutelas que ponen los colombianos para que los atiendan las EPS
Según el Ministerio de Salud, con este reporte se da cumplimiento a la Sentencia T-760 de 2008, de la Corte Constitucional. Crédito: Collage

El Ministerio de Salud mediante una circular solicitó a las diferentes entidades del sistema en el país un informe detallado con el número de tutelas que han sido presentadas por los colombianos para acceder a la atención en salud del país.

La entidad señaló que estas entidades están obligadas a presentar la información relacionada con las acciones de tutela radicadas para la protección del derecho a la salud, y del mecanismo de reporte.

“Mediante Sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional impartió una serie de directrices tendientes a superar las fallas evidenciadas en el SGSSS, de las que hace parte el mandato trigésimo, que ordenó al entonces Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, entre otros, presentar a la citada Corporación un reporte anual de medición de las acciones de tutela incoadas para la protección del derecho a la salud”, indicó.

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Señaló que dicho reporte se viene elaborando con la información que se recauda directamente en las instalaciones de la Corte Constitucional, producto de los expedientes de tutela que le son enviados para su eventual revisión, sin embargo, se han presentado inconvenientes de carácter administrativo, propios de la operatividad del proceso.

“Es obligatorio el reporte de la información relacionada con las acciones de tutela presentadas para la protección del derecho a la salud, y del mecanismo de reporte: las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Entidades Adaptadas, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las Entidades Territoriales, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario — lnpec, y los Regímenes de Excepción, deberán reportar a este Ministerio la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas en su contra para la protección del derecho a la salud, en el anexo técnico que hace parte integral de esta circular y bajo las especificaciones allí previstas”, explicó.

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Subrayó que este reporte se hará a través de la Plataforma de Intercambio de Información - PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social — SISPRO.

“De la periodicidad y plazo para el reporte de la información: las entidades, enviarán la información solicitada mediante esta circular por periodos semestrales, dentro del mes siguiente al vencimiento del respectivo semestre, salvo la información correspondiente a la vigencia 2024 que deberá reportarse por toda la anualidad”, puntualizó.


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