Gobierno reglamenta la nueva organización territorial del sistema de salud

Esta nueva resolución reorganiza el funcionamiento de las EPS a partir de subregiones funcionales.
Usuarios de la EPS Famisanar
El Ministerio de Salud reglamenta la nueva organización territorial del sistema de salud en Colombia, garantizando una atención integral y oportuna. Crédito: Cortesía Diana Cabrera

El Ministerio de Salud mediante una resolución reglamentó una de las normas más importantes del actual proceso de transformación del sistema de salud en Colombia.

Se trata de la nueva organización territorial del sistema de salud. El documento establece los criterios y estándares para la autorización, habilitación y permanencia de las Entidades Promotoras de Salud (EPS), en el marco del nuevo Modelo de Salud Preventivo, Predictivo y Resolutivo impulsado por el Gobierno Nacional.

La resolución firmada por el ministro Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, busca territorializar el aseguramiento en salud, reorganizando el funcionamiento de las EPS a partir de subregiones funcionales para la Gestión Territorial Integral de la Salud Pública, una figura creada para acercar los servicios a las comunidades y garantizar una atención integral, oportuna y de calidad.

La norma desarrolla lo establecido en el Decreto 0858 de 2025, que sustituyó parte del Decreto 780 de 2016 y dio vida al nuevo modelo preventivo y resolutivo.

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Según el Ministerio de Salud, el objetivo es pasar de un sistema fragmentado a uno que opere por regiones y subregiones, con redes integradas e interconectadas (RIITS) que aseguren la atención continua de los pacientes.

En palabras del ministro Jaramillo, este modelo busca “garantizar el derecho fundamental a la salud, con atención centrada en las personas, las familias y las comunidades, y con especial énfasis en las zonas rurales y marginadas del país”.

La resolución establece que todas las EPS —tanto del régimen contributivo como del subsidiado— deberán actualizar su autorización de funcionamiento ante la Superintendencia Nacional de Salud, que incorporará las nuevas subregiones funcionales como ámbitos de operación.

El número de EPS autorizadas por subregión dependerá de su capacidad operativa y número de afiliados, con un máximo de entre tres y cinco entidades por zona, salvo en territorios especiales como los insulares o de alta dispersión, donde podrá operar sólo una.

Asimismo, se ordena que las EPS contraten al menos el 60 % del gasto en salud con las Empresas Sociales del Estado (ESE) del municipio donde residen los afiliados, reforzando el papel de la red pública y limitando la integración vertical, que no podrá superar el 30 % del gasto total en salud.

Otro punto clave es el proceso de asignación de afiliados. Una vez actualizadas las autorizaciones, el Ministerio de Salud y la ADRES redistribuirán a los usuarios entre las EPS receptoras dentro de cada subregión, garantizando la continuidad del aseguramiento y la atención sin interrupciones.

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Los afiliados podrán ejercer su derecho a la libre escogencia después de 60 días de efectuada la reasignación. Además, se establece un trato especial para mujeres gestantes, pacientes con enfermedades de alto costo y comunidades indígenas, quienes serán reasignados con prioridad y bajo criterios de equidad y enfoque diferencial.

La resolución también define criterios técnicos, financieros y de gestión del riesgo que las EPS deberán cumplir para conservar su habilitación. Estas condiciones se evaluarán de manera periódica por la Superintendencia Nacional de Salud, que podrá imponer medidas correctivas o retirar la autorización a las entidades que incumplan.

La nueva autorización tendrá una vigencia de tres años, renovable tras la verificación del cumplimiento de los estándares de calidad, sostenibilidad y eficiencia.

Entre los requisitos destacan:

Capacidad administrativa y tecnológica.

Planes de gestión del riesgo en salud.

Estrategias de atención integral y participación ciudadana.

Mecanismos de transparencia y rendición de cuentas.

Un paso hacia la implementación del nuevo sistema

Con la expedición de la Resolución 2161 de 2025, el Ministerio de Salud avanza en la implementación territorial del modelo preventivo, predictivo y resolutivo, pilar central de la política “Colombia, Potencia Mundial de la Vida”.


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