La visa americana es el documento que autoriza a ciudadanos extranjeros a ingresar legalmente a Estados Unidos por un tiempo determinado y con un propósito específico. En el caso de las categorías B1/B2, permite viajar por turismo, negocios, visitas familiares, tratamientos médicos o asistencia a eventos, sin derecho a trabajar ni residir de forma permanente.
A partir del 21 de enero de 2026, el Gobierno de Estados Unidos, bajo la administración de Donald Trump, implementará un cambio clave en este proceso. Algunos solicitantes deberán depositar una fianza de hasta USD 15.000 como condición para optar por las visas B1/B2, en una nueva señal del endurecimiento de la política migratoria.
El bono, que puede oscilar entre USD 5.000 y USD 15.000, no se exigirá de forma automática. Será el funcionario consular, durante la entrevista, quien determine si el solicitante debe pagarlo, y su imposición no garantiza la aprobación del visado. El monto busca incentivar el cumplimiento del tiempo autorizado de estadía.

La medida amplía de forma significativa el número de países afectados: 38 naciones, en su mayoría de África, aunque también de América Latina y Asia, entran ahora en la lista. Para muchos viajeros, este requisito podría volver inaccesible la visa estadounidense, aunque las autoridades defienden la fianza como un mecanismo para evitar permanencias irregulares.
Los países que deberán pagar el bono para la visa
De acuerdo con la página del Departamento de Estado, los países que a partir de este 21 de enero estarán sujetos al requisito de fianza para el visado son:
- Angola.
- Antigua y Barbuda.
- Bangladesh.
- Benín.
- Bután.
- Botsuana.
- Burundi.
- Cabo Verde.
- República Centroafricana.
- Costa de Marfil.
- Cuba.
- Yibuti.
- Dominica.
- Fiyi.
- Gabón.
- Gambia.
- Guinea.
- Guinea Bissau.
- Kirguistán.
- Malawi.
- Mauritania.
- Namibia.
- Nepal.
- Nigeria.
- Santo Tomé y Príncipe.
- Senegal.
- Tayikistán.
- Tanzania.
- Togo.
- Tonga.
- Turkmenistán.
- Tuvalu.
- Uganda.
- Vanuatu.
- Venezuela.
- Zambia.
- Zimbabue.

Es importante que no olvide que el pago del bono no garantiza la emisión de la visa. Además, quienes estén obligados a realizarlo deben ingresar y salir de Estados Unidos por aeropuertos específicos. Estos son:
- Aeropuerto Internacional Logan de Boston.
- Aeropuerto Internacional John F. Kennedy.
- Aeropuerto Internacional Washington-Dulles (IAD).
- Aeropuerto Internacional Newark Liberty (EWR).
- Aeropuerto Internacional Hartsfield-Jackson de Atlanta (ATL).
- Aeropuerto Internacional O’Hare de Chicago (ORD).
- Aeropuerto Internacional de Los Ángeles (LAX).
- Aeropuerto Internacional Pearson de Toronto (YYZ).
- Aeropuerto Internacional Pierre Elliott Trudeau de Montreal (YUL).
¿Cómo se paga el bono y qué requisitos hay para solicitar la devolución del dinero?
Antes de realizar el pago del bono, los solicitantes deben aceptar las condiciones mediante Pay.gov, la plataforma de pagos en línea del Departamento del Tesoro. Asimismo, solo podrán consignar el monto después de que un funcionario consular así lo autorice, momento en el cual deberán diligenciar el Formulario I-352. Para completar el trámite, recibirán un enlace oficial y directo, y no está permitido efectuar el proceso a través de sitios web de terceros.

En cuanto a las condiciones para que Estados Unidos le reembolse el dinero del bono, las autoridades indican que será posible en los siguientes casos:
- El Departamento de Seguridad Nacional registra la salida del titular de la visa en o antes de la fecha autorizada de permanencia en Estados Unidos.
- El titular de la visa no viaja antes del vencimiento de la visa.
- El titular de la visa solicita el ingreso y se le niega la admisión en el puerto de entrada de Estados Unidos.
Lo más importante: no olvide que el pago debe realizarse bajo los términos mencionados anteriormente, ya que el bono no será reembolsable si el pago se efectúa sin autorización.