El contrato por prestación de servicios se define como, según el Ministerio de Justicia, como un vínculo de naturaleza civil, "mediante el cual las partes (personas naturales o empresas) acuerdan voluntariamente las condiciones para la prestación de un servicio determinado, a cambio de unos "honorarios"".
El ministerio también indica que las partes deben tener en cuenta que existe autonomía en la entrega de labores. Toda la información relacionada debe estar fijada en el texto a firmar por ambas partes. Este esquema ha sido el más utilizado por empresas de cara a la cobertura de vacantes específicas en tiempos determinados.
De acuerdo con la página web de El empleo, son alrededor de 2,5 millones de personas que trabajan bajo esta figura con el Estado colombiano, por lo que el contratista, deberá pagar su afiliación y aportes de seguridad integral en salud, así como pensión y riesgos profesionales, indica MinJusticia.
Lo anterior dista de la calidad de la que gozan las personas bajo un contrato de obra labor o indefinido, que dan por contado que la empresa para la que trabajan hace los pagos de cobertura. Los trabajadores que son contratados bajo la figura de prestación de servicios no "tienen derecho a prestaciones sociales laborales tales como: vacaciones, cesantías, Prima de Servicios, reconocimiento de horas extras o recargos", indica Minjusticia.

¿Se puede cambiar el contrato por prestación de servicios por un contrato indefinido?
Cabe destacar que ambas partes deben cumplir a cabalidad lo firmado en el contrato, dado que, si se incumple por parte de la empresa, el trabajador puede solicitar un contrato que cumpla con lo establecido en la ley. Las características que deben estar claras en los contratos deben ser los siguientes:
- Las partes: Describir al contratante y al contratista; nombre, identificación, domicilio.
- Objeto: Describir la finalidad de la contratación.
- Precio: Valor del contrato.
- Forma de pago: Describir la modalidad de pago.
- Duración: El tiempo que dura el contrato.
- Obligaciones del contratista: Enunciación sobre las tareas o actividades a realizar.
- Causales de terminación: Relacionar las posibles situaciones que dan lugar a terminar el contrato.

Por lo anterior, si la empresa solicita que el contratado vaya a espacios laborales y cumpla con determinados horarios y tenga el tratamiento de un empleado común y corriente, esta persona tendrá el derecho de solicitar un cambio de contrato laboral que cumpla con lo establecido por la ley en un contrato indefinido u obra labor.
¿Cómo se cambia el contrato?
El abogado Jackson Alejandro Peláez Castañeda, explicó en sus redes sociales que, si un trabajador demuestra que el contrato de prestación de servicio se incumple en cuatro casos demostrables, puede pedir un cambio en el contrato.
De acuerdo con el profesional en leyes, "el contrato es un pacto civil... usted únicamente puede cobrar los honorarios que pactaron en el contrato y ya". No obstante, el abogado advirtió a los trabajadores que "si lo hacen cumplir un horario, es subordinado, recibe órdenes constantes, lo tratan como un trabajador y no como un contratista, puede demandar...".
En el proceso legal, si el trabajador demuestra que cumple las funciones de un empleado normal, como horarios y recepción de órdenes, podrá solicitar el cambio de contrato. "... y probar que es realmente un contrato laboral y cobrar la seguridad social y prestaciones sociales que son primasa, vacaciones, cesantías, intereses a las cesantías de todos los conceptos que ha dejado de percibir".