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Retiro parcial de pensiones: Gobierno, en férrea oposición a esa posibilidad

El Ministerio de Hacienda pidió archivar el proyecto de ley.

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Actualizado:
Sábado, Septiembre 26, 2020 - 12:38
Ahorro - Costo de Vida
Cuánto me corresponde de liquidación?
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El Ministerio de Hacienda envió una carta al Congreso de la República, en la que dio a conocer su posición frente al proyecto de ley que busca autorizar el retiro parcial de pensiones, para contrarrestar las afectaciones económicas que han tenido los hogares colombianos por cuenta del coronavirus.

El Gobierno considera que esta iniciativa legislativa viola varios mandatos constitucionales como destinar el ahorro pensional a fines distintos a los de la seguridad social, por lo que se abstuvo de emitir concepto favorable y solicitó la posibilidad de que se archive la propuesta. 

“Los recursos de la Seguridad Social no se encuentran en la misma situación jurídica de los demás dineros de los ahorradores e inversionistas particulares de una entidad financiera, pues en realidad no pueden ser utilizados con fines distintos para los cuales están destinados. Por tanto, no pueden ser embargados ni incluidos en los bienes de una liquidación”, señala uno de los apartes del documento.

El Ministerio advirtió que "desahorrar" algún valor, especialmente para las personas jóvenes, puede significar una disminución importante de los montos ahorrados al final de la vida laboral de los individuos.

“Por ejemplo, un hombre de 25 años que desahorra 1´000.000 de pesos, al final de su vida laboral puede ver su cuenta de Ahorro Individual (CAI) disminuida en cerca de 12´000.000 de pesos; lo anterior estimando una tasa real del 4,04%”, explicó esa entidad.

En la carta, el Gobierno Nacional también argumentó que existen recursos de destinación que también podrían utilizarse en primera medida, como por ejemplo las cesantías. 

El proyecto de ley que surte su trámite en el Congreso, propone que los afiliados inactivos sin ingresos de los fondos privados (AFP) retiren de sus cuentas de ahorro individual hasta cuatro salarios mínimos mensuales, un poco más de 3,5 millones de pesos, que deben ser restituidos los años siguientes a la fecha del desembolso con intereses.

Fuente:
Sistema Integrado de Información