“No es concebible que la tortura y la muerte de un animal sean el centro de un espectáculo público”: senadora Esmeralda Hernández
La Corte Constitucional prohibió las corridas de toros, coleos, corralejas y peleas de gallos en Colombia.

La Corte Constitucional decidió prohibir de manera definitiva en Colombia las corridas de toros, las corralejas, el coleo y las peleas de gallos, con un periodo de transición que culminará en julio de 2027.
La decisión fue adoptada por unanimidad y ha generado un amplio debate nacional entre defensores de los animales, representantes culturales y sectores económicos.
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¿Qué prácticas quedan prohibidas y desde cuándo?
La senadora Esmeralda Hernández, autora de la ley avalada por la Corte, explicó que la medida incluye la prohibición de corridas de toros, novilladas, rejoneo, corralejas, coleo y peleas de gallos.
“A partir del 22 de julio de 2027 estas prácticas quedarán prohibidas en todo el país”, indicó. La congresista aclaró que las cabalgatas no fueron incluidas en la decisión, aunque expresó su postura personal en contra de estos espectáculos.
Hernández señaló que la norma contempla un proceso de transición. “Durante tres años se permitirá la realización de estas actividades, mientras se desarrollan planes de reconversión laboral y cultural”, afirmó.
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Dicho proceso implica un censo de las personas vinculadas, alternativas económicas concertadas y la transformación de plazas de toros y escenarios usados para estas prácticas.
Sobre el impacto de la decisión, la senadora destacó: “Yo pensé que iban a pasar 20 años más para lograr la prohibición de las peleas de gallos”. Agregó que la Corte “tomó una decisión histórica por unanimidad que cambia la vida de los animales en Colombia”.
¿Qué opinan los sectores afectados por la prohibición?
Desde Manizales, ciudad reconocida por su feria taurina, hubo reacciones de preocupación. El director de Cormanizales advirtió: “La feria gira alrededor de la temporada taurina y sectores como el hotelero y el comercial se verán afectados”. Además, planteó el riesgo de la desaparición del toro de lidia por falta de sostenibilidad económica.
En el caso del coleo, el director del Mundial de esta disciplina, Julio Santos, manifestó: “Nos cogió de sorpresa, tenemos 8.000 deportistas y una federación reconocida en el Comité Olímpico Colombiano”. Añadió que iniciarán acciones jurídicas porque consideran que la Corte desconoció la ley que lo había declarado deporte nacional.
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Desde la perspectiva ganadera, Gonzalo Sanz de Santa María sostuvo que el fallo afecta la identidad rural. “El país pierde expresiones culturales y una economía enorme”, afirmó. También cuestionó el argumento del sufrimiento animal: “El toro bravo no siente tristeza, se le ve furia y agresividad en la plaza”.
Ante estas afirmaciones, la senadora Hernández respondió: “Decir que los toros no sufren es desconocer la ciencia. Todas las universidades, salvo una, respaldaron con estudios que estas prácticas son tortura para los animales”.
Sobre la relación entre cultura y derechos de los animales, Hernández concluyó: “La cultura evoluciona y hoy la mayoría de colombianos rechaza estas prácticas. Lo mínimo que podemos garantizarles a los animales es el derecho a no sufrir”.
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El debate continúa abierto en el país. Mientras los defensores del fallo lo ven como un avance en la protección de los seres sintientes, los representantes de las actividades tradicionales insisten en que la medida desconoce realidades culturales y económicas de varias regiones. La aplicación del fallo dependerá de los mecanismos de transición hasta su entrada en vigencia plena en 2027.