Magistrados suplentes de la JEP denuncian que les están violando sus derechos

Los trece magistrados suplentes aún no han sido nombrados.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP Crédito: Colprensa

Aunque el acto legislativo que le dio vida la Jurisdicción Especial de Paz (JEP) estableció que dicha entidad tendría 38 magistrados titulares y trece magistrados suplentes, estos últimos aún no han sido nombrados.

Ante esta situación, los funcionarios, que también fueron elegidos por el Comité de Escogencia, han tenido que acudir a instancias judiciales para exigir el cumplimiento de sus derechos.

Han sido más de diez los recursos interpuestos que pasan por tutelas, demandas de nulidad, denuncias ante la Comisión de Acusación, entre otros.

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Corina Duque, quien es una de las magistradas suplentes que no ha sido nombrada en la entidad, denunció en RCN Radio/La FM que se han venido presentando una serie de irregularidades violatorias de la Constitución para impedir su llegada a la JEP.

Expidieron un reglamento interno en el que fueron cambiando una a una nuestras funciones, nos las fueron usurpando y se las fueron abrogando ellos como magistrados principales hasta el punto de convertirnos en simples conjueces. Nosotros demandamos ese reglamento por ser abiertamente inconstitucional”, dijo.

Según Duque, los magistrados suplentes deben hacer parte de la nómina de la JEP, ya que a la luz de las normas internacionales de la justicia transicional (que también rige en la CPI), ellos tienen la función de reemplazar a los magistrados titulares en faltas temporales o absolutas y deben ayudar en las labores de descongestión judicial.

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Sin embargo, Duque dice que no les han permitido cumplir su labor porque -según ella- la jurisdicción ha preferido contratar 110 magistrados auxiliares, hacer más de 600 contratos de prestación de servicios y argumentar que no tienen plata para nombrar a los suplentes.

Los magistrados suplentes son, como en un partido de fútbol, los que se sientan en la barra. Usted no los puede mandar para la casa y llamarlos después a jugar un partido porque faltó alguno, ellos tienen que estar todo el tiempo dentro del equipo porque es la única forma de que tengan línea y que cuando los llamen sepan como fallar”, manifestó.

Otro de los magistrados suplentes, José Edwin Hinestroza, denuncia que al interior de la Jurisdicción Especial de Paz se están presentando una serie de irregularidades que han servido como excusa para no nombrarlos.

Una de esas supuestas anomalías es la implementación de la “movilidad horizontal y vertical”, es decir, la posibilidad de que magistrados que pertenecen a una determinada sala puedan desplazarse a otra para ayudar en labores de descongestión asumiendo, según ellos, funciones que no les corresponde.

Con el objetivo de que los magistrados suplentes no lleguen nunca a la jurisdicción, se inventaron esa figura. Esa movilidad horizontal y vertical es que es una transgresión al principio natural del debido proceso, es una violación de manera flagrante al estado social de derecho”, indicó.

“Es como decir que yo estoy de magistrado en una sección para la cual fui elegido, pero entonces también me puedo ir a otra de menor rango”, añadió.

Esta situación los obligó a demandar ante el Consejo de Estado el reglamento interno creado por los magistrados de la JEP.

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Denuncia ante la Comisión de Acusación

Para los magistrados suplentes de la Jurisdicción Especial de Paz, las actuaciones del órgano de gobierno de la JEP en este caso son totalmente violatorias de la Constitución y de la ley y por eso decidieron acudir a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

El abogado Javier Peñaranda presentó una denuncia penal y disciplinaria en contra de los magistrados por los delitos de fraude a decisión judicial, tráfico de influencias y falsedad en documento público, argumentando el incumplimiento del acuerdo de paz y del acto legislativo que le dio vida a la JEP.

“Los magistrados de la sala plena de la JEP incurrieron en el delito de fraude a decisión judicial, al haber expedido un reglamento interno que desconoce lo establecido en el acuerdo de paz, habiendo limitado y cambiado las funciones de los magistrados suplentes, hasta convertirlos en simples conjueces, habiendo trasladado la función de reforzamiento a salas y secciones a los magistrados principales”, señala el texto de la denuncia.

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Casos en los que debieron llamar a los magistrados suplentes

Según los magistrados Corina Duque y José Edwin Hinestroza, se han presentado algunos casos en los que la JEP debió llamarlos a cumplir sus funciones y no lo hicieron:

- Cuando no se posesionaron 7 magistrados titulares: El entonces presidente de la República, Juan Manuel Santos, llamó a los magistrados de la JEP para que se posesionaran en su cargos. Sin embargo, en esa ocasión solo sumieron 31 de los 38 funcionarios. Esta falta temporal, según los suplentes, debieron asumirlas ellos mientras se posesionaban los titulares.

- Cuando renunció Yesid Reyes a la JEP: Los magistrados suplentes aseguran que esa vacante que quedó en el Tribunal de Paz debió ocuparla un magistrado suplente. Sin embargo, debido a algunas movidas internas lograron que ese puesto quedara en manos de un titular que tenía internamente otras funciones. El suplente finalmente fue enviado al cargo que dejó el magistrado principal.

- Cuando llegaron más de seis mil expedientes de la Fiscalía: El ente investigador entregó a la Jurisdicción Especial de Paz todos los expedientes de las investigaciones que se adelantaban contra exguerrilleros de las Farc en el marco del conflicto, los cuales deben ser resueltos por la JEP. En este caso, los magistrados suplentes advierten que su deber era reforzar las salas para comenzar a resolver estos procesos.

- Cuando el Consejo de Estado emitió un exhorto diciendo que habían muchos procesos represados en la JEP: Duque e Hinestroza denuncian que la JEP prefirió nombrar 15 judicantes ad honorem, en lugar de llamarlos a ellos. En ese momento el alto tribunal afirmó que se necesitaba implementar un sistema de descongestión, en el cual no fueron tenidos en cuenta los magistrados suplentes.

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¿Que responde la presidenta de la JEP?

En respuesta a uno de los derechos de petición que han presentado los magistrados suplentes, la presidenta de la Justicia Especial de Paz, Patricia Linares, explicó las razones por las cuales no han sido nombrados.

Al ser preguntada sobre cuando tiene pensado designar a estos funcionarios para que ayuden en la labor de descongestión, Linares señaló: “En primer lugar me permito informarles que la plenaria de la JEP no ha considerado hasta el momento llamar a los magistrados suplentes como parte del reforzamiento para descongestionar las diversas secciones y salas de la corporación”.

La presidenta de la JEP también aclara que el acuerdo de paz establece que el nombramiento de dichos funcionarios no es obligatorio y debe hacerse cuando su intervención sea requerida y hasta el momento, eso no ha ocurrido.

La magistrada cita el artículo 65 del acuerdo que dice: “Se podrá disponer de un número adicional de magistrados suplentes de hasta tres más por Sección, a disposición del Tribunal por si fuera requerida su intervención para sustituir a los magistrados titulares o para reforzar el funcionamiento de dichas Secciones , a juicio de los órganos de gobierno de la Jurisdicción Especial de Paz”.

Patricia Linares también defendió la autonomía que les dio el acuerdo de paz y el acto legislativo 01 de 2017 para crear su propio reglamento interno.

Los magistrados suplentes están a la espera de que las instancias judiciales fallen los recursos y tutelas que han interpuesto para obligar a la Jurisdicción Especial de Paz a vincularlos a la entidad.


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