Tras casi cuatro años de controversia jurídica, la Sala Plena del Consejo de Estado concluyó que sí puede adelantar un proceso de pérdida de investidura en contra de Gustavo Petro —y de cualquier presidente en ejercicio— si la causal alegada en la solicitud o demanda se ajusta a hechos de cuando fue congresista.
No fue un debate sencillo. En septiembre de 2022, un mes después de la posesión de Petro, una sala especial de pérdida de investidura, entre las que el Consejo diseña con un magistrado de cada sección, señaló que solo la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes era competente para procesar al jefe de Estado.
El ponente en 2022 era Alberto Montaña, el magistrado que en 2025 fue vicepresidente del Consejo y este año se convirtió en presidente. Admitió la demanda en junio, dos días después de que Petro se convirtió en presidente electo. Mientras se resolvían los recursos de reposición del otrora senador, se posesionó como mandatario.
“No escapa a la Sala que el presidente en ejercicio era congresista para el momento de los hechos y que tal situación podría llevar a pensar, erradamente, que esta corporación mantiene la competencia”, apuntó el auto de diez páginas con el que Montaña y la Sala Especial de Decisión 14 declararon falta de competencia.
Una discusión categórica en el Consejo de Estado
Joan Sebastián Moreno — un abogado que en el pasado se ha involucrado en varios procesos públicos, como una solicitud en 2021 para que la Alcaldía de Bogotá restaure lugares intervenidos por las protestas de entonces— presentó un recurso de súplica y luego uno de apelación, así que el tema pasó a la Sala Plena del Consejo de Estado.
La Sala se reunió el 10 de febrero de 2026 y debatió desde las ocho de la mañana. Al inicio de la tarde aún no se conocía el veredicto, que casi a las seis pasó a la secretaría del Consejo para notificarles a Moreno y Petro. El auto que resuelve la apelación aún no ha sido firmado por la magistratura, así que no es público.
El proyecto que inclinó la balanza fue el que radicó el 30 de enero el magistrado Fredy Hernando Ibarra Martínez, el encargado de definir asimismo la eventual pérdida de investidura del representante David Racero. Antes, la ponencia estuvo en manos de la magistrada Myriam Stella Gutiérrez, derrotada en diciembre de 2025.
Ningún fallo del Consejo de Estado tumbará a Petro
La demanda de Moreno alega que Gustavo Petro incurrió en la segunda causal de pérdida de investidura: si un congresista se ausenta de forma injustificada al menos seis veces, podrá perder su cargo. En febrero de 2023, el pleno del Consejo de Estado repartió la apelación, que estuvo estancada hasta enero de 2025.
Héctor Alfonso Carvajal Londoño era el abogado del hoy mandatario. En junio del año pasado renunció a su designación. En abril el presidente Gustavo Petro lo ternó para que el Senado lo escogiera como reemplazo de la magistrada Cristina Pardo en la Corte Constitucional. En mayo el Legislativo lo avaló, con 66 votos.
Este martes, el magistrado Ibarra reconoció como el nuevo representante del jefe de Estado a Pedro Alejandro Carranza, también compañero de Petro en varios procesos ante el Consejo Nacional Electoral, la Comisión de Acusación y la Corte Suprema. El paso siguiente es echar a andar las demás diligencias de la pérdida de investidura.
Ibarra deberá programar una agenda que incluya audiencias y decreto de pruebas. El Consejo de Estado suele tardar meses en concluir casos de la llamada “muerte política”. Cuando llegue una sentencia, si Petro aún gobierna desde la Casa de Nariño, no significa que perderá su cargo: la demanda se remonta a cuando fue senador.