Congresistas que no votaron para circunscripciones de paz enfrentarían hasta 15 años de sanción

El procurador Fernando Carrillo anunció que revisa las asistencias de los congresistas que no votaron en la sesión del Congreso cuando de definía las circunscripciones de paz.
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Congreso de la República / Colprensa

Carrillo dijo que las inasistencias injustificadas acarrean sanciones graves “a todas las escalas de amonestaciones y sanciones más severas, pero lo que es claro es que hay un mecanismo de responsabilidad política y acá también debe haber responsabilidad social”.

En total fueron 42 los congresistas que se ausentaron en las votaciones para las circunscripciones de paz, ellos habrían violado el reglamento del Congreso.

Al respecto, el exprocurador Jaime Bernal Cuellar, dijo que las sanciones podrían ir hasta los 15 años. “Cuando se trata de destitución, habría hasta 15 años de inhabilidad”.

Explicó que la Procuraduría puede poner sanciones disciplinarias, pero sí se comprueba que los senadores no asistieron a seis o más sesiones, sin justificación, el Consejo de Estado puede decretar pérdida de investidura.

“Las mesas directivas de Senado y Cámara están obligadas a poner en conocimiento del Consejo de Estado los hechos o situaciones que conozcan que puedan constituir causal de pérdida”, agregó.

“Los congresistas pueden perder la investidura por violación al régimen de inhabilidades e incompatibilidades o del régimen de conflicto de intereses o por la inasistencia en un mismo periodo de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura”, señala la ley.

Sobre la pérdida de investidura, la ley señala que “puede ser instaurada de dos maneras: puede iniciarla cualquier ciudadano, presentarla en cualquier tiempo y la única condición es que no haya sido presentada, ni negada, ya que no puede volver a presentarse el mismo tipo de causal”.


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