Ordenan arresto y multa al ministro de Salud por incumplir tutela

El caso surgió a raíz de una orden que debía cumplir el ministro Guillermo Alfonso sobre la comercialización de productos agroquímicos.
Guillermo Alfonso Jaramillo
La Superintendencia Nacional de Salud reafirma su compromiso con la autonomía e independencia en el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control en el sector salud, a pesar de controversia por remoción de agente interventora en E.S.E. San Rafael. Crédito: Colprensa

El Juzgado Tercero Penal del Circuito con función de conocimiento en Bogotá sancionó al ministro de Salud y Protección Social, Guillermo Alfonso Jaramillo Martínez, con tres días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos por desacatar la orden de tutela emitida en la Sentencia T-343 de 2022, proferida por la Corte Constitucional.

El caso surgió a raíz de una orden que el Ministerio de Salud debía cumplir en relación con la comercialización de productos agroquímicos que contenían el componente activo clorpirifós.

De acuerdo con la sentencia, el Ministerio debía garantizar la suspensión de dicha comercialización. Además, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) debía implementar medidas para permitir una transición hacia la sustitución del pesticida, con el objetivo de mitigar el impacto negativo que una prohibición inmediata podría tener en la economía.

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Además, el Ministerio de Salud tenía la obligación, según los principios de coordinación y concurrencia, de asistir al ICA en el cumplimiento de estas disposiciones y debía presentar informes semestrales al juez de primera instancia para garantizar el seguimiento adecuado de las acciones tomadas.

Sin embargo, el ministro Jaramillo no cumplió con lo estipulado en la sentencia, lo que llevó al Juzgado a imponer la sanción.

En su fallo, el tribunal advirtió al funcionario que la facultad sancionatoria del Estado se ejercería tantas veces como se acreditara la responsabilidad objetiva y subjetiva en el incumplimiento de lo ordenado en el fallo del 04 de junio de 2015.

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Esto dejó claro que Jaramillo no estaba exento de demostrar el cumplimiento de la sentencia, ya que su responsabilidad fue evaluada tanto en términos objetivos como subjetivos.

Por último, el Juzgado Tercero Penal decidió compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación para que investigara los posibles delitos en los que el ministro podría haber incurrido.



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