Se cae decreto de emergencia en La Guajira ¿Devolverán plata que pagó de más en factura de la luz?

La FM de RCN dialogó con el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry, quien explicó la decisión de la Corte Constitucional de tumbar el decreto.
Irregularidades en la medición de consumos, facturación y tarifas de los servicios durante el aislamiento social obligatorio
Irregularidades en la medición de consumos, facturación y tarifas de los servicios durante el aislamiento social obligatorio Crédito: Archivo Alerta Tolima

Esta semana la Corte Constitucional tumbó el decreto que declaró la emergencia económica y social en La Guajira, el cual fue emitido el pasado 2 de julio por el Gobierno nacional.

La Corte determinó la inexequibilidad del decreto emitido el 2 de julio que decretó la emergencia, pero concedió efectos diferidos a la determinación, es decir, que algunas medidas que se adoptaron aún siguen vigentes.

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Esta situación ha generado muchas dudas, ya que los colombianos se preguntan si la decisión de la Corte tumba el cobro adicional que les estaban haciendo en la factura de la luz, y si les devolverán el dinero a los que ya pagaron.

En medio de ese panorama, La FM de RCN Radio dialogó con el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry, quien explicó los alcances de la decisión de la Corte Constitucional.

En primer lugar, Charry aclaró que el decreto se consideró inconstitucional porque la situación en La Guajira no era imprevisible y viene de tiempo atrás y la Corte ya ha tomado decisiones sobre el tema.

Cabe recordar que está la sentencia de 2017 que declaró el Estado de Cosas Inconstitucionales en La Guajira, por lo que con "esas órdenes deben atenderse los problemas estructurales en el departamento", explicó el experto.

Según explicó Charry, en la jurisprudencia de la Corte Constitucional los efectos diferidos significan que el decreto no se caerá enseguida, sino que sigue vivo hasta el 2 de julio de 2024 que sería un año exacto después de su expedición.

En ese tiempo, el tribunal revisará los demás decretos que salieron en el marco de la emergencia, lo que incluye el cobro adicional en el recibo de la luz que muchos vieron los últimos meses.

"Lo que ha quedado planteado es que es inconstitucional la declaratoria de emergencia y la Corte tendrá que pronunciarse de cada decreto si mantiene efecto diferido, o da efecto general, o si llega a la conclusión que hay violación constitucional para dar efectos retroactivos", dijo Charry.

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Sobre la devolución del dinero, dijo que sí hay antecedentes en los que se ha hecho, y todo dependerá de las futuras decisiones de la Corte: "La Corte tendrá que determinarlo (...) si se abusó del vehículo a sabiendas de que era discutible su constitucionalidad se podría ordenar reembolso de recursos".

Entrevista al abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry


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