Caso Mattos deberá pagar nueve años y cinco meses de cárcel en segunda condena

Mattos deberá pagar adicionalmente una multa de 701 salarios mínimos legales vigentes.
Carlos Mattos al llegar extraditado a Colombia
Carlos Mattos llegando al aeropuerto El Dorado tras ser extraditado desde España. Crédito: Policía Nacional

Este martes e conoció que el juez 30 de conocimiento de Bogotá condenó a nueve años y cinco meses de prisión al empresario Carlos Mattos, teniendo en cuenta que el procesado confesó haber sobornado a jueces y funcionarios judiciales para beneficiar a su empresa.

Además, el juez determinó que Mattos deberá pagar adicionalmente una multa de 701 salarios mínimos legales vigentes, ocho años de inhabilitación para el ejercicio de derecho de funciones y negó el beneficio de la casa por cárcel por la gravedad de los delitos.

Según las pruebas, Mattos le habría pagado 700 millones de pesos a funcionarios de la Rama Judicial, incluido el exjuez Reinaldo Huertas, titular del juzgado Sexto Civil municipal de Bogotá, que sería el encargado de definir en tiempo récord las medidas cautelares y de este modo se favoreciera empresarialmente.

El reconocido empresario fue condenado por los delitos de cohecho por dar u ofrecer y daño informático agravado, esta pena había sido anulada por el Tribunal Superior, argumentando que se debía esclarecer, por parte de la Fiscalía, el monto patrimonial en el que habría incurrido Mattos, tras la venta de automóviles.

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"Esta condena debe ser ejemplar por haber manchado la administración de la justicia y se debe negar cualquier petición de nulidad que planteé la defensa del implicado”, resaltó el Juez 30 durante la audiencia.

Cabe destacar que, en menos de una semana, un juez de conocimiento de Bogotá respaldó las pruebas y elementos presentados por la Fiscalía y condenó a Carlos José Mattos Barrero a cinco años, 10 meses y 27 días de prisión, como responsable del delito de cohecho por dar u ofrecer.

Además, de una multa equivalente a 131 salarios mínimos mensuales legales vigentes y dispuso una inhabilidad de 108 meses para ejercer derechos y funciones públicas.


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