Alias Macaco no podrá acogerse a la JEP: decisión definitiva

La JEP rechazó el sometimiento del exjefe paramilitar alias Macaco, impidiendo su acceso a beneficios judiciales.
Alias Macaco
Según la Corte Constitucional, la JEP carece de competencia en los asuntos relacionados con desmovilizados paramilitares. Crédito: Twitter

Los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) rechazaron de manera definitiva la solicitud de sometimiento del exjefe paramilitar Carlos Mario Jiménez Naranjo, conocido con el alias de 'Macaco'.

La determinación fue adoptada por parte de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP que concluyó que alias Macaco no cumple con los factores de competencia personal para ser aceptado en este tribunal especial como tercero civil.

“Ante la Sala el señor Carlos Mario Jiménez Naranjo no concretó cómo en su supuesta calidad de tercero o como parte de una organización de narcotráfico financió las extintas autodefensas en el periodo comprendido entre los años 1990 y 1996 antes de formar parte de ese grupo armado ilegal, ni allegó pruebas que la acreditaran; no especificó en concreto cómo lo hizo, en qué montos si se trató de dinero, cómo lo entregó, ni si realizó otro tipo de contribuciones para la financiación o fortalecimiento del grupo armado ilegal”, indicó la JEP.

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Asimismo, la JEP rechazó su sometimiento como sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública, actuando como “bisagra o punto de conexión entre los aparatos militar y paramilitar”.

“Por el contrario, lo establecido en la justicia ordinaria no fue desvirtuado, en cuanto a que utilizó el modelo paramilitar como una estrategia para aumentar su patrimonio y apuntalar el negocio del narcotráfico, actividad que el mismo reconoció ejerció desde o alrededor del 17 de diciembre de 1997, hasta o alrededor del 25 de septiembre de 2007, por lo cual fue condenado", dijo la JEP.

Para los magistrados esta solicitud no se ajusta al ámbito de competencia personal de la JEP, atendiendo al precedente señalado por la Corte Constitucional en el Auto N°1319 de 8 de agosto de 2024.

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“La Corte Constitucional en Auto A-1319 de 8 de agosto de 2024 precisó que la JEP carece de competencia en los asuntos relacionados con desmovilizados paramilitares”, añade la decisión.


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