¿Qué es el delito de sedición y por qué Petro señala al registrador Hernán Penagos de cometerlo?

Hernán Penagos cometió el delito de sedición como lo señala el presidente Petro, expertos analizan el caso.
Gustavo Petro
Gustavo Petro, presidente de Colombia Crédito: AFP

La reciente decisión del registrador nacional, Hernán Penagos, de no publicar el calendario electoral para la consulta popular convocada por el presidente Gustavo Petro ha producido un nuevo debate político y jurídico en el país.

Durante un consejo de ministros televisado, el jefe de Estado declaró que la decisión del registrador Penagos fue un acto de “sedición”.

Más noticias: Registrador defiende su decisión sobre consulta de Petro

“El decreto goza de presunción de legalidad. El registrador no tenía ningún derecho a decir lo que dijo. Está en una situación de sedición contra el presidente de la República”, aseguró Petro en su intervención pública.

La gravedad del término “sedición”, agregado al contexto político en el que se dio esta acusación, ha generado confusión e inquietud.

Para entender este escenario, LA FM de RCN consultó con expertos para analizar los fundamentos penales y constitucionales del caso.

Le puede interesar: Gremios respaldan decisión del Registrador de acudir a las cortes antes de la consulta popular

Registrador nacional, Hernán Penagos
Crédito: Registraduría Nacional del Estado Civil, en Facebook

¿Qué es el delito de sedición según la ley colombiana?

En términos jurídicos, la sedición está regulada en el artículo 468 del Código Penal y se clasifica como un delito político, es decir, uno que atenta directamente contra el orden constitucional y legal del Estado.

La profesora Ligia Vargas, docente de la Pontificia Universidad Javeriana y Counsel de la firma CMS-Rodríguez Azuero, explica que este delito sanciona específicamente la utilización de las armas para impedir que las entidades del Estado cumplan con las funciones que les asignan la Constitución y la ley.

Más noticias: "El Congreso no legisla bajo extorsión": presidente del Senado, tras hundimiento de la consulta popular

“Se trata de una acción violenta que impide que el Estado funcione correctamente”, precisó Vargas.

“Además, el tipo penal se describe con la expresión ‘los que’, lo cual significa que requiere acuerdo y participación conjunta con otras personas para ser cometido”.

De forma similar, Diego Bernal, abogado penalista y asesor del consultorio jurídico de Utadeo, explicó a La FM de RCN Radio que la sedición implica un alzamiento armado colectivo contra el régimen legal. Es una figura asociada más al sabotaje institucional mediante violencia que a una controversia jurídica o a la interpretación legal de un funcionario.

¿Se configura la sedición en el caso del registrador Penagos?

Tanto Ligia Vargas como Diego Bernal coinciden en que no existe base jurídica para afirmar que el registrador haya incurrido en sedición.

Para Bernal, no hay acción armada ni intento de sabotaje institucional, y por lo tanto, el hecho no encaja en el tipo penal.

Para Vargas, incluso, esta acusación no solo carece de fundamento, sino que podría interpretarse como una calumnia, dado que implica afirmar que un servidor público se ha alzado en armas sin ningún sustento.

Vea también: Registrador Hernán Penagos defendió su decisión sobre consulta popular de Petro: “La Registraduría no es un juez"

“Desde ningún punto de vista podría sostenerse que el registrador Penagos ha cometido el delito de sedición. En primer lugar, porque no ha hecho uso de las armas ni ha cometido ninguna conducta violenta. Pero más importante aún, porque lo que ha hecho es utilizar herramientas legales para cerciorarse de que su actuación se ajuste a la ley”, explicó la experta.

En otras palabras, Penagos está actuando dentro de un margen de legalidad, esperando que las altas cortes —Consejo de Estado o Corte Constitucional— se pronuncien sobre la validez del decreto presidencial que convoca la consulta.

No está paralizando el Estado, ni generando desobediencia institucional violenta, sino buscando respaldo jurídico ante un mecanismo de participación que aún despierta dudas constitucionales.

De interés: Presidente Petro ordenó adelantar acciones legales contra registrador Hernán Penagos

¿Qué proceso debería seguirse si se insiste en acusarlo?

En caso de que alguien decidiera llevar esta acusación ante instancias penales, el camino formal sería interponer una denuncia en la Fiscalía General de la Nación. Si la Fiscalía encontrara mérito para investigar, tendría que determinar si la conducta del registrador encaja en algún tipo penal.

No obstante, como lo aclaran los expertos, incluso esa etapa preliminar se archivaría la denuncia por tratarse de una conducta atípica, es decir, que no corresponde con lo descrito en el Código Penal como sedición.

Y si, por alguna razón, la Fiscalía decidiera avanzar más allá, debe tenerse en cuenta que el registrador cuenta con fuero legal, por lo que el caso sería de competencia exclusiva de la Corte Suprema de Justicia, según el artículo 32, numeral 8 del Código de Procedimiento Penal. Este tribunal es el único autorizado para investigar y juzgar a funcionarios de este nivel.

Lea además: Presidente Petro y Cepeda se verían las caras por por decretazo de consulta popular

¿Qué penas contempla la ley para la sedición?

La ley colombiana establece una pena de prisión de entre 32 y 144 meses (es decir, de 2 años y 8 meses hasta 12 años), además de una multa económica que puede oscilar entre 66.66 y 150 salarios mínimos legales vigentes.

¿Una confrontación política o una controversia jurídica?

Más allá de los tecnicismos legales, lo que se refleja en este episodio es un choque de visiones entre la Presidencia de la República y un órgano autónomo del sistema electoral. El presidente Petro sostiene que el decreto de convocatoria tiene presunción de legalidad y, por tanto, su ejecución debe ser inmediata. El registrador Penagos, en cambio, considera prudente esperar el pronunciamiento de las altas cortes para no vulnerar el orden constitucional ni arriesgar nulidades posteriores.


David Murcia

David Murcia se retracta ante la Fiscalía de señalamientos contra presidente De la Espriella

Según el cerebro de DMG en el gobierno de expresidente Gustavo Petro le ofrecieron ser gestor de paz.
Abelardo de la Espriella y David Murcia Guzmán



Capturan a esposa de ‘Pinocho’ en medio de ofensiva contra las ACSN

La mujer fue capturada en un operativo desarrollado en una zona del Caribe por agentes especiales.

Golpe a las disidencias de alias Calarcá: División de Asalto Aéreo del Ejército abatió a alias Rafael en Guaviare

Durante la operación fueron incautados cinco fusiles, más de 500 cartuchos, una granada de fragmentación y material de uso militar.

Anticonceptivo masculino: ¿qué tan dispuestas están las parejas a incorporar este método?

La conversación sobre el anticonceptivo masculino llevó a Flavia Dos Santos y María Cecilia Botero a hablar sobre la manera en que las parejas asumen actualmente la responsabilidad de evitar un embarazo.

¿Cuál es la edad más difícil de los hijos? Esta etapa pone a prueba a muchos padres

El cansancio de los padres y los cambios que atraviesa una familia a medida que los hijos crecen fueron algunos de los temas que Flavia Dos Santos y María Cecilia Botero abordaron durante el programa Sin Filtro de La FM. L

Procuraduría crea una dependencia para servicios públicos y advierte a alcaldes por no pagar energía

Gregorio Eljach, procurador general de la Nación, anunció la creación de una dependencia especializada en servicios públicos.

Exclusivo | De la toma del Bronx y la caída de 'Otoniel' a blindar Bogotá: el nuevo reto general Giovanny Cristancho

General Giovanny Cristancho, comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá.

Andesco advierte que Colombia tendrá que generar más electricidad con plantas térmicas: “Van a generar el 55% de la energía firme del país”

Camilo Sánchez, presidente de Andesco, pidió a hogares y empresas reducir el consumo de energía en 10 % ante la presión sobre el sistema.

Consulta previa en Colombia: fuerte choque entre Juan Espinal y Sibelys Mejía por los límites del mecanismo

Juan Espinal y Sibelys Mejía

El expresidente Petro sigue sin conseguir casa donde vivir

Gustavo Petro estaría buscando un lugar permanente para vivir tras desistir de llegar a Sierras del Moral.

Pensiones de noviembre y diciembre: ¿cómo conseguiría Colpensiones los recursos?

Darío Angarita explicó la situación financiera de Colpensiones y las obligaciones del Estado frente al pago de las pensiones.

“La JEP debe terminar en 2028”: Enrique Gómez cuestiona su costo, burocracia y resultados

Enrique Gómez Martínez, senador de la República de Colombia para el periodo 2026-2030

“El presupuesto del deporte es ínfimo”: Representante Salcedo pide revisar presupuesto de la JEP para fortalecer el deporte colombiano

Salcedo Mindeporte JEP