Fiscalía archivó investigación en contra de Carolina Sabino por aborto

A través de un comunicado de prensa, la Fiscalía General de la Nación dio a conocer la decisión que adoptó en el caso de la artista.
Archivo La FM
Crédito: La FM

Según el ente acusador, "no existen motivos o circunstancias que permitan establecer que la conducta debía ser objeto de reproche penal".

Cabe recordar que en la actriz se vio en el ojo del huracán después de que se dieran a conocer unas grabaciones telefónicas en las que hablaba con su hermana, Lina Luna. En dichas charlas sostenía que se iba a practicar un aborto de manera voluntaria y no por algunas de las razones legalmente establecidas en Colombia.

Sabino no fue interceptada ilegalmente por la Fiscalía. Lo que sucedió es que Lina Luna, su hermana con quien hablaba, era la esposa del hacker Andrés Sepúlveda, el mismo que fue procesado por interceptaciones ilegales. Al escuchar a Sepúlveda y a su esposa de forma legal, el ente acusador encontró este nuevo caso, que dejó a Carolina Sabino en líos con la justicia.

De acuerdo con la conversación, Sabino le dijo a su hermana que el embarazo no le permitiría protagonizar una nueva producción televisiva y que por ello se haría el procedimiento en un lugar denominado Oriéntame, en Bogotá. Posteriormente, agentes del CTI inspeccionaron el lugar por orden de un juez de garantías. Todo indica que la documentación allí clasificada permitió confirmar que Sabino se practicó el aborto, a pesar de que no tenía los motivos establecidos por la Corte para practicarlo.

A continuación el comunicado de la Fiscalía:

"La señora Carolina Sabino Rodríguez se notificó de una decisión mediante la cual la Fiscalía General de la Nación resolvió archivar la investigación adelantada en su contra por el delito de aborto, por atipicidad de la conducta.

A esta determinación se llegó luego de que el Fiscal del caso concluyera que no existen motivos o circunstancias que permitan establecer que la conducta debía ser objeto de reproche penal.

El archivo de la investigación obedece a que, de acuerdo con los desarrollos jurisprudenciales sobre la interrupción voluntaria del embarazo, en los casos en que este ponga en riesgo la salud de la mujer –entendida esta desde una perspectiva integral–, el Estado deberá asegurar sus derechos fundamentales a la vida, a la salud y a la integridad.

En ese sentido, en los casos que se enmarquen en las causales de despenalización definidas por la Corte Constitucional en la sentencia C-355 de 2006, los fiscales, dependiendo de las circunstancias de cada caso, pueden proceder a archivar o precluir la investigación por “atipicidad del hecho investigado”. En los casos en que los procesos se encuentren en etapa de acusación o más avanzados, el Fiscal puede solicitar la absolución perentoria.

Por otra parte, en los eventos en que la interrupción voluntaria de un embarazo no se enmarque dentro de las tres causales despenalizadas, los fiscales pueden verificar si existe algún supuesto que permita la aplicación del principio de oportunidad, en la modalidad de renuncia de la acción penal.

La Fiscalía General de la Nación reitera su compromiso total de hacer frente a la violencia jurídica que se ejerce contra las mujeres cuando se les obliga a llevar a término un embarazo. Lo anterior, en virtud de los deberes de esta Entidad con la garantía plena de los derechos de las personas, en particular, los sexuales y reproductivos".


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