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En firme acceso de desmovilizados a pensión

El Consejo de Estado dejó en firme la "garantía de pensión mínima para desmovilizados".

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Actualizado:
Jueves, Octubre 12, 2023 - 11:47
Pensiones
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Freepik / rawpixel.com

El Consejo de Estado profirió la sentencia de unificación en la que dejó firme la vigencia del artículo 147 de la Ley 100 de 1993 que reguló la "garantía de pensión mínima para desmovilizados". 

El tribunal explicó que la norma no fue derogada con la expedición del Acto Legislativo 1 de 2005, pues explicaron que no constituía un régimen especial de pensiones distinto del establecido en la Ley 100 de 1993. 

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Igualmente precisó que solo es aplicable a quienes se desmovilizaron o se desmovilicen de forma colectiva en el marco de un proceso de paz celebrado entre el gobierno nacional y los grupos armados ilegales, en los casos autorizados por la ley.

La providencia decidió una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por una desmovilizada del M-19, en la que solicitó que se anulara el acto administrativo mediante el cual la Secretaría de Educación de Bogotá le negó el reconocimiento de la pensión prevista en el artículo 147 de la Ley 100 de 1993.

La sentencia de unificación analizó el fundamento constitucional de las medidas estatales en los procesos de paz en Colombia, el sistema general de seguridad social, los regímenes especiales, las excepciones y los requisitos para acceder a los beneficios. 

Teniendo en cuenta el precedente, el tribunal advirtió que este último no creó un régimen especial de pensiones, sino una pensión especial de vejez, pues la prestación no fue establecida en un marco normativo independiente de la Ley 100 de 1993.

"El legislador, desde la expedición del sistema general, introdujo ajustes a su reglas con el fin de garantizar el acceso a la seguridad social en pensiones de una población vulnerable como la desmovilizada", señala el documento. 

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Finalmente, los magistrados confirmaron la decisión que había ordenado reconocer el derecho pensional a la demandante, pues la mujer acreditó que su desmovilización ocurrió en el marco de un proceso de paz y tenía más de 500 semanas de cotización, por lo que cumplió con los requisitos para obtener la pensión mínima para desmovilizados.

Fuente:
Sistema Integrado de Información