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El incumplimiento de las leyes de paridad en el gobierno de Petro podría sacar a Juan Carlos Florián del Ministerio de la Igualdad

Dos demandas aspiran a que la designación de Florián se caiga, pues el gabinete ya no cuenta con mujeres en el 50% de su composición.

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Jueves, Septiembre 4, 2025 - 05:47
Imagen de archivo del ministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián, en primer plano mientras al fondo se ve el ministro del Interior, Armando Benedetti.
Imagen de archivo del ministro de la Igualdad, Juan Carlos Florián, en primer plano mientras al fondo se ve el ministro del Interior, Armando Benedetti.
@MinIgualdad_Col en X

La poderosa Sección Quinta del Consejo de Estado recibió en sus despachos una acción de nulidad en contra del Decreto 0892 de 2025, con el que el presidente Gustavo Petro aceptó el 11 de agosto la renuncia de Carlos Rosero y nombró a Juan Carlos Florián como ministro de la Igualdad casi un mes después de defender al funcionario en un consejo de ministros televisado.

Petro le había reclamado a Rosero, líder afrocolombiano y entonces jefe de la cartera de la que la vicepresidenta Francia Márquez salió en medio de una baja ejecución presupuestal, porque estaba "echando" a funcionarios que en su alcaldía de Bogotá "demostraron, con riesgo (...), su lucha". El exnegociador del Gobierno con el ELN estuvo en el ministerio desde el 27 de febrero.

"A mí nadie que sea negro me va a decir que hay que excluir a un actor porno que creó el sindicato de trabajadores sexuales", afirmó el presidente, quien admitió haberle prometido a Juan Carlos Florián ser viceministro. El politólogo trabajaba como viceministro de las Juventudes, y el primero de agosto la Presidencia publicó su hoja de vida como aspirante a ministro de Igualdad.

Rosero presentó su carta de renuncia el mismo día y la hizo pública el 2 de agosto. Poco más de una semana después, el mandatario nombró a Juan Carlos Florián, con un acto administrativo que ahora entrará en un litigio contencioso administrativo. La magistrada Gloria Gómez Montoya será la encargada de revisar el proceso, admitirlo y presentar una ponencia para la Sección Quinta.

La demanda, que radicó la representante a la Cámara Catherine Juvinao, de la Alianza Verde, cuestiona que el Gobierno haya incumplido la Ley 2424 de 2024, que establece que las mujeres deben liderar mínimo la mitad de los cargos de "máximo nivel decisorio" en la Rama Ejecutiva, como los ministerios, de los que la Presidencia designa a sus titulares.

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De hecho, el propio presidente Petro firmó este año un decreto que, reglamentando al sector de la Función Pública, remarca que el 50% de las personas titulares de los ministerios, los departamentos administrativos, las superintendencias, las empresas de servicios públicos, las sociedades públicas por acciones y otras entidades estatales deben ser mujeres.

Nombrar a Florián, entonces, "no solo implica el desconocimiento de una obligación normativa específica, sino que constituye una afectación estructural a los derechos políticos de las mujeres, al privarlas de su derecho a participar en condiciones de equidad en los niveles decisorios del Estado", sostiene la acción de nulidad, que ya reposa en los despachos del ministro y de la consejera Gómez.

"La exclusión reiterada y cuantitativamente demostrable de las mujeres en la conformación del gabinete ministerial no puede entenderse como una simple omisión individual, sino como parte de un patrón sistemático que vulnera el principio de igualdad sustantiva y bloquea el ejercicio pleno del derecho a la participación política", insiste la demanda de Juvinao, de trece páginas.

El incumplimiento de las normas sobre paridad no comenzó con Florián, sino con el ministro de Justicia, Eduardo Montealegre. En mayo, cuando Ángela María Buitrago era todavía la encargada del sector del Derecho, la participación femenina en el gabinete era mayoritaria. Posteriormente, el patrón se rompió, primero con Augusto Ocampo como interino, luego con Montealegre.

Por ello, según constató La FM, en el Tribunal Administrativo de Cundinamarca existen tres acciones de nulidad contra el Decreto 647, que nombró al exfiscal general como ministro. La última de ellas llegó en julio primero al Consejo de Estado, que se desmarcó aludiendo a que la competencia para el proceso le correspondía al Tribunal. La demanda contra Florián podría correr la misma suerte.

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Tras la entrada del también exmagistrado de la Corte Constitucional al gobierno, el presidente Petro "tenía la obligación legal de subsanar la desproporción existente y restaurar el equilibrio exigido por la norma", dice la nulidad contra el ministro de la Equidad. El jefe de Estado no lo hizo así, sino que nombró a un hombre, lo que "perpetúa" la desigualdad en el Ejecutivo.

"La acumulación de omisiones normativas, la afectación directa de derechos fundamentales y la transgresión de principios constitucionales evidencian" que el acto administrativo que ungió al ex actor porno "vulnera de forma grave el ordenamiento jurídico colombiano", dado que "ratificó y profundizó" la falta de un umbral mínimo de 50% de mujeres como ministras.

Hasta el momento, el Gobierno no ha respondido formalmente a la demanda. Sin embargo, surge una pregunta de cara a las manifestaciones que Juan Carlos Florián ha hecho sobre su identidad. En el pódcast 'A Pelo' a mediados de agosto explicó que se nombra a sí mismo en femenino y que prefiere que lo llamen "señorita ministra" en vez de "señor ministro".

"Me nombro en femenino porque soy una persona y porque soy una marica. Yo no soy gay. Respeto mucho y cada cual tiene una forma de autodefinirse. Yo soy una marica y por eso hablo en femenino", sostuvo Florián en su entrevista. El interrogante principal a futuro es: ¿transformará el ministro ese argumento en una discusión jurídica? La justicia tendrá la última palabra.

En el Tribunal Administrativo yace además una acción de nulidad de Juan Manuel López Molina contra el decreto de Florián. La demanda coincide con la de Juvinao al advertir que la administración de Petro cuenta con un 52,6% de hombres como integrantes. "Esto es irrazonable y desproporcionado a la luz de las normas superiores", dice el texto de López, de veinticuatro páginas.

Fuente:
Sistema Integrado de Información