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Denuncias de acoso laboral en Consejo de Estado pasan a Comisión de Acusación

Las denuncias hablan de supuestos “constantes tratos crueles inhumanos y humillantes a los que se someten sus funcionarios”.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Marzo 25, 2021 - 11:36
Consejo de Estado
Consejo de Estado.
RCN Radio

La Procuraduría General de la Nación trasladó a la Comisión de Acusación e Investigación de la Cámara de Representantes, las denuncias de acoso laboral que recibió de un grupo de ciudadanos que dicen ser trabajadores y exfuncionarios del Consejo de Estado.

Las denuncias señalan a los magistrados Guillermo Alonso Sánchez Luque, de la Sección Tercera y Hernando Sánchez Sánchez, de la Sección primera, por supuestos “constantes tratos crueles inhumanos y humillantes a los que se someten sus funcionarios”.

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El traslado de las denuncias se hace para que la Comisión investigue esos hechos dado a que le corresponde a esa entidad investigar por competencia.  

Precisamente hace unos días se conoció una carta de supuestos funcionarios y exfuncionarios del Consejo de Estado en la que cuestionan a los magistrados.

Advierten que el magistrado Guillermo Sánchez supuestamente descalifica constantemente a sus subalternos con “el uso de groserías, cuando no se encuentra complacido con las labores ejecutadas o cuando está de mal humor”.

También señalan que supuestamente el magistrado “suele burlarse de sus subalternos, según su estado de ánimo. Se tiene un antecedente de burlas contra una empleada suya, compañera de nosotros, que padecía un problema funcional físico al caminar”.

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Del magistrado Hernando Sánchez dicen que supuestamente su despacho es el que “ha tenido más cambios de empleados por el capricho o maltrato (…) Este magistrado se burla de sus subalternos diciéndoles de manera reiterada que puede hacer con sus trabajos lo que le venga en gana”.

También señala la denuncia anónima que “la persecución laboral de este magistrado hacia sus empleados es tan compleja que los hace tener reuniones extensas de tres horas o más de tiempo por fuera del horario laboral, los días sábado, domingo e inclusive festivos”.

Fuente:
Sistema Integrado de Información