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HRW pide a Corte Constitucional que caso de Dilan Cruz pase a justicia ordinaria

La peticion se elevó al despacho de la magistrada Diana Fajardo que revisa la tutela que perdió la familia del estudiante.

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Actualizado:
Miércoles, Marzo 24, 2021 - 19:13
Dilan Cruz, el joven que murió tras ser herido con un proyectil del Esmad.
Dilan Cruz, el joven que murió tras ser herido con un proyectil del Esmad.
Foto: Facebook

La Corte Constitucional recibió una petición de la ONS Human Rights Watch y el Centro Robert F. Kennedy Human Rights en la que se pide trasladar el expediente por la muerte del joven Dilan Cruz a la justicia ordinaria para así evitar impunidad.

Dilan Cruz murió el 25 de noviembre de 2019 luego que el capital Manuel Cubillos, integrante del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), le disparara con una munición conocida como “bean bag” durante las manifestaciones del 'paro nacional' en el centro de Bogotá.

La solicitud de los organismos internacionales fue presentada en el marco del estudio que hace la Corte Constitucional al fallo de tutela del año pasado por el cual el caso quedó en manos de la Justicia Penal Militar.

“Colombia debe abstenerse de emplear la justicia penal militar en casos sobre presuntas violaciones de derechos humanos cometidas por policías en el marco de manifestaciones”, dice uno de los apartes de la solicitud citando a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

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Así mismo, el documento advierte que mantener el proceso por la muerte de Dilan Cruz en la Justicia Penal Militar podría acarrear impunidad en el esclarecimiento de la verdad y justicia para su familia.

“La independencia necesaria para investigar y juzgar graves violaciones de derechos humanos cometidas por militares no suele estar garantizada cuando las mismas autoridades militares son las encargadas de investigar a sus miembros y juzgarlos en tribunales militares”, indica otro de los apartes del documento.

En esa intervención, los organismos internacionales también se pronunciaron sobre el uso de las armas no letales como la que utiliza el Esmad para dispersar manifestaciones.

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“Cuando se dispara directamente proyectiles de impacto cinético 'en general (…) se debe apuntar a las partes inferiores del abdomen o a las piernas de un individuo violento y sólo con el objetivo de enfrentar una amenaza inminente de causar heridas'”, precisa el documento.

Esta discusión sobre la competencia del proceso por la muerte de Dilan Cruz inició por una tutela presentada por el Comité de Solidaridad con Presos Políticos en representación de los familiares del joven.

Las organizaciones internacionales recuerdan que el 12 de diciembre de 2019, el Consejo Superior de la Judicatura remitió la investigación por el homicidio a la justicia penal militar, argumentando que los acontecimientos “se presentaron durante un acto de servicio” que cumplía el agente del Esmad.

Fuente:
Sistema Integrado de Información