¿Usa Nequi o Daviplata? Estos son los nuevos topes de la Dian para declarar renta en 2025
La DIAN definió los topes máximos con los que los usuarios de estas billeteras digitales.

Las billeteras digitales se han convertido en una forma de gestionar las finanzas de los colombianos, así como de sus hogares, lo que ha permitido agilizar las transacciones sin necesidad de contar con una cuenta bancaria.
En medio del calendario tributario, millones de colombianos están declarando renta por sus transacciones del año gravable 2024. Por eso, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) ha dado a conocer los topes máximos para que los contribuyentes sepan si deben declarar renta por el uso de estas aplicaciones.
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Con el aumento de las transacciones e ingresos en las billeteras digitales como Nequi, Daviplata y otras, la DIAN busca controlar y regular estos servicios.
“Para saber si está obligado a presentar la declaración de renta, deberá revisar los movimientos financieros del año anterior, tales como ingresos recibidos, compras, consumos con tarjetas de crédito y consignaciones”, estableció Bancolombia.

Los topes máximos de Nequi y Daviplata para declarar renta
Para este año, los topes máximos para declarar renta en 2025 son definidos por la DIAN, dependiendo de la Unidad de Valor Tributario (UVT) que se actualizó en $49.799.
Así las cosas, los montos para estas billeteras digitales han cambiado. Para las aplicaciones financieras el monto máximo establecido es de $10.482.689,50, lo que representa 210.50 UVT.
Tenga en cuenta que, si los movimientos en estas billeteras superan esta cifra, se aplicará el impuesto de 4x1.000 sobre las transacciones adicionales.
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Por lo que las personas que hayan realizado transacciones que superen los $65.891.000 o 1.400 UVT en el 2024, deberán realizar la declaración de renta de manera obligatoria.

Calendario tributario de agosto de 2025
La DIAN también dio a conocer las fechas oficiales para presentar la declaración de renta, así como el pago del impuesto de personas naturales en el país.
La presentación de esta declaración se realizará según los últimos dígitos del NIT o cédula. Aquí los números de agosto:
- 12 de agosto: 01-02
- 13 de agosto: 03-04
- 14 de agosto: 05-06
- 15 de agosto: 07-08
- 19 de agosto: 09-10
- 20 de agosto: 11-12
- 21 de agosto: 13-14
- 22 de agosto: 15-16
- 25 de agosto: 17-18
- 26 de agosto: 19-20
- 27 de agosto: 21-22
- 28 de agosto: 23-24
- 29 de agosto: 25-26
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Sanciones por no presentar la declaración de renta
En caso de que algún contribuyente no realice la declaración de renta se enfrentará a sanciones tanto económicas como legales, por lo que puede ser, incluso, encarcelado.
En esta medida, los colombianos deberán tener en cuenta los topes establecidos por la DIAN y cumplir con las obligaciones tributarias.