Solo 1 de cada 10 hogares en Colombia tiene seguro contra terremotos: ¿Quién paga los daños?

El terremoto expuso la baja cobertura de seguros en Colombia: solo el 9,3 % de los hogares tiene protección para afrontar daños en sus viviendas.
Terremoto Colombia
Las pólizas pueden incluir coberturas para estructura, contenidos, remoción de escombros y alojamiento temporal, según las condiciones contratadas. Crédito: AFP

La tragedia causada por el terremoto de 7,4 ocurrido el 10 de agosto en San José del Palmar, Chocó, y que se sintió en gran parte del occidente colombiano, dejó al descubierto la poca preparación del país para asumir un evento de esa naturaleza.

El terremoto deja, hasta el momento, un saldo de 466.606 personas afectadas; 331 fallecidas y 4.519 heridas. Además, 201.010 viviendas resultaron averiadas y otras 36.336 fueron destruidas.

Esta situación también dejó ver la baja cultura aseguradora del país: según Fasecolda, solo el 9,3 % de los hogares colombianos cuenta con algún tipo de seguro de hogar, lo que se traduce en una de cada diez viviendas. El resto debe asumir con su propio patrimonio la totalidad del riesgo frente a un evento como este.

“Uno de los principales problemas después de un evento como este es el desconocimiento sobre qué tipo de póliza tiene realmente cada propietario y cuál es el alcance de su cobertura”, afirma Karina Tatiana Reyes, expresidenta de la Junta Directiva de Fedelonjas y gerente general de Inmobiliaria Esteban Ríos SAS.

La FM conoció el testimonio de una mujer que encontró una cuantiosa suma de dinero en efectivo y la devolvió a sus dueños tras el terremoto.
El terremoto de 7,4 dejó 331 muertos y más de 237.000 viviendas afectadas, en un país donde solo el 9,3 % de los hogares tiene seguro.Crédito: Jorge Escobar Banderas

¿Quién responde por el daño de una vivienda tras un terremoto?

En Colombia existen diferentes seguros asociados a una propiedad. Uno de los más comunes es la póliza de incendio y terremoto vinculada a los créditos hipotecarios. También están los seguros voluntarios de hogar o multirriesgo, que pueden proteger la estructura del inmueble y determinados contenidos, así como las pólizas para copropiedades, destinadas principalmente a las áreas y bienes comunes.

“Es importante que los propietarios no den por hecho que la garantía que acompaña un contrato de administración inmobiliaria protege automáticamente la estructura de la vivienda”, señala Reyes. “Son riesgos distintos y, por tanto, requieren coberturas distintas”.

En los inmuebles con crédito hipotecario es necesario revisar las condiciones del seguro asociado a la deuda, pues tener una póliza no significa que todo el patrimonio esté cubierto. La indemnización dependerá del valor asegurado, las coberturas contratadas, los deducibles y las condiciones del contrato.

Una cobertura contra terremoto puede incluir daños materiales en cimientos, muros, techos y otros elementos constructivos, mientras que las coberturas de contenido pueden proteger muebles, electrodomésticos y equipos. También pueden existir amparos para remoción de escombros, alojamiento temporal, gastos de arrendamiento o responsabilidad civil, pero estos dependen de cada póliza.

Además, el seguro no necesariamente cubre el 100 % de los daños. Pueden existir deducibles, coaseguros y situaciones de infraseguro, cuando el inmueble está asegurado por un valor inferior al necesario para reconstruirlo. En ese caso, la indemnización puede ser menor y el propietario tendría que asumir parte del costo.

¿Cómo reclamar los daños y qué debe hacer el propietario?

Después de un terremoto, el propietario debe seguir primero las recomendaciones de las autoridades y solo ingresar al inmueble cuando sea seguro. Posteriormente, conviene documentar las afectaciones con fotografías y videos y tomar medidas razonables para evitar que el daño aumente.

“El siguiente paso es notificar el siniestro a la aseguradora o al intermediario a través de los canales habilitados y conservar el número de radicado”, recuerda Reyes. Algunas pólizas establecen un plazo de tres días hábiles para informar el hecho, aunque este término debe verificarse en las condiciones particulares del contrato.

Seguro hogar
La cobertura de un seguro frente a un terremoto depende de la póliza contratada, el valor asegurado y los deducibles. No siempre cubre la totalidad de los daños.Crédito: Diseño de Magnific

La aseguradora puede designar un ajustador para determinar el alcance de los daños y establecer la cuantía de la pérdida. Mientras se realiza esta evaluación, se recomienda evitar reparaciones definitivas o desechar bienes afectados, salvo que exista un riesgo para la vida o sea necesario impedir un deterioro mayor.

Así, el sismo vuelve a poner sobre la mesa la importancia de conocer qué protege realmente un seguro de hogar. En Colombia, donde solo el 9,3 % de los hogares cuenta con este tipo de protección, revisar las coberturas y reportar oportunamente los daños puede marcar la diferencia al momento de afrontar las consecuencias de una emergencia.

Bloque de preguntas y respuestas

  • ¿Cuántos hogares en Colombia tienen seguro de hogar contra terremotos?

    Según Fasecolda, solo el 9,3 % de los hogares colombianos cuenta con algún tipo de seguro de hogar, es decir, aproximadamente una de cada diez viviendas.
  • ¿Quién responde por los daños de una vivienda tras un terremoto?

    La cobertura depende del seguro contratado. Las pólizas de incendio y terremoto, los seguros voluntarios de hogar y las pólizas de copropiedades tienen alcances diferentes. La indemnización está sujeta a coberturas, valor asegurado, deducibles y condiciones del contrato.
  • ¿Qué cubre un seguro de hogar contra terremoto en Colombia?

    Puede cubrir daños en elementos estructurales como muros, techos y cimientos. Algunas pólizas también incluyen contenidos, remoción de escombros, alojamiento temporal y responsabilidad civil, según los amparos contratados.
  • ¿Cómo reclamar los daños de una vivienda por un terremoto?

    El propietario debe documentar los daños con fotografías y videos, notificar el siniestro a la aseguradora y conservar el número de radicado. También debe revisar el plazo establecido en la póliza, que en algunos casos es de tres días hábiles.
  • ¿Qué pasa si una vivienda está asegurada por un valor inferior al costo de reconstrucción?

    Puede presentarse infraseguro, lo que significa que la indemnización podría ser inferior al costo total de los daños. Además, pueden aplicarse deducibles o coaseguros, dejando una parte del valor a cargo del propietario.

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