Reforma laboral: ¿Cuánto ganará un empleado que trabaja en horario nocturno?

La reforma laboral ampliará la jornada nocturna en Colombia, que comenzará a partir de las 7:00 p.m.
Jornada nocturna en reforma laboral
Esto recibirán los empleados que trabajen en la jornada nocturna con la reforma laboral Crédito: Pixabay y Freepik

En las últimas horas, el Senado de la República aprobó la reforma laboral impulsada por el presidente Gustavo Petro. Esta cuenta con algunas modificaciones; entre ellas, la extensión de la jornada nocturna y el nuevo contrato que tendrán los aprendices del Sena, el cual consistirá en una relación formal.

En el caso de la jornada nocturna, el artículo 11 de la reforma laboral señala que esta franja comenzará a partir de las 7:00 de la noche, lo que significa que se adelantará dos horas con respecto a la medida vigente (9:00 p.m.). Asimismo, establece que finalizará a las 6:00 de la mañana.

Este artículo genera un beneficio para aquellos trabajadores que terminan su jornada laboral después de las 7:00 de la noche, pues podrán contar con un ingreso adicional a raíz del recargo nocturno que se reconoce por desempeñarse en esa franja del día.

Reforma laboral
Reforma laboral, aprobada en el CongresoCrédito: Colprensa

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¿Cómo se calcula el pago del recargo nocturno?

El recargo nocturno aplica para cada una de las horas que trabaja un empleado durante la franja en la que rige la jornada nocturna. Para ello, se toma en cuenta su sueldo básico (sin contar el auxilio de transporte) para multiplicarlo por 0,35, y luego se divide en 230.

En este caso, el 0,35 corresponde al valor del recargo nocturno que se mantiene vigente con la reforma laboral (35%). Mientras que el 230 equivale al mínimo de horas que puede trabajar una persona al mes tras el cambio que produjo la Ley 2101 de 2021, que reduce gradualmente la jornada laboral en Colombia.

¿Cuánto recibirá un empleado por cada hora trabajada durante la noche?

Por ejemplo, si un empleado recibe un sueldo básico de tres millones de pesos, y además se desempeña siempre en una jornada nocturna que comienza a las 10:00 de la noche y termina a las 6:00 de la mañana, el cálculo sería de la siguiente manera.

Se multiplica el sueldo básico entre 0,35, lo que da un total de 1.050.000 pesos. Este último valor se divide entre 230, y el resultado final de la operación es de aproximadamente 4.565 pesos.

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Por otra parte, si el empleado se desempeña en las condiciones anteriormente mencionadas, recibirá por cada día de trabajo un recargo nocturno de aproximadamente 36.521 pesos. Evidentemente, esto supone un valor mucho más alto adicional a su salario habitual.

Jornada nocturna
La jornada nocturna en Colombia comenzará desde las 7:00 de la noche con la entrada de la reforma laboralCrédito: Freepik

Es importante mencionar que esta misma fórmula aplica para cualquier empleado cuya jornada laboral se realice entre las 7:00 p.m. y las 6:00 a.m. Por consiguiente, verá reflejado un pago mucho mayor en su nómina dependiendo de las horas que labore en esa franja.

Con las modificaciones implementadas por la reforma laboral, Colombia se convertirá en uno de los países con la jornada nocturna más larga en el mundo. En el caso de Latinoamérica, los primeros en este sentido son Panamá y Guatemala, quienes cuentan con un total de doce horas. Mientras que Brasil solamente maneja siete horas.

Recargo nocturno en Colombia
Recargo nocturno en ColombiaCrédito: Freepik

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¿Cómo funcionará el pago de los dominicales y los festivos?

Otra de las grandes novedades que incluye la reforma laboral es la modificación en los pagos por trabajar en días domingos y festivos. En este caso, este aumentará de forma progresiva. Durante el primer año pasará del 75% al 85%, en el segundo será del 95% y el tercero será del 100%.


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