Con el inicio de 2026, muchos trabajadores colombianos que desempeñan sus labores desde casa continúan recibiendo el auxilio de conectividad. Tras la pandemia por covid-19, el uso de un computador y una conexión a internet permitió que miles de personas desarrollaran sus funciones de manera remota, como la creación de bases de datos, el diligenciamiento de formularios y la elaboración de documentación, entre otras actividades.
¿Qué es el auxilio de conectividad y quiénes tienen derecho a recibirlo en Colombia?
En medio de los vacíos normativos sobre el trabajo remoto, el trabajo híbrido y el teletrabajo, la Ley 2466 de 2025, conocida como la reforma laboral, estableció de manera permanente el auxilio de conectividad para miles de trabajadores en el país.
Este auxilio de conectividad es un pago obligatorio en Colombia para quienes cuentan con un contrato laboral bajo la modalidad de teletrabajo y cuyos ingresos se encuentran dentro de los límites definidos por la ley.

¿Cuánto es el auxilio de conectividad para trabajadores en teletrabajo en 2026?
El auxilio de conectividad está directamente relacionado con el auxilio de transporte, el cual es fijado anualmente por el Gobierno nacional mediante decreto. Este beneficio se reconoce únicamente cuando no existe desplazamiento al lugar de trabajo, debido a que las labores se realizan de forma remota.
Para 2026, los trabajadores con contrato en modalidad de teletrabajo recibirán un auxilio de conectividad por un valor de $249.095 pesos, equivalente al monto establecido para el auxilio de transporte.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al auxilio de conectividad en Colombia?
El auxilio de conectividad aplica a quienes estén formalmente vinculados mediante un contrato de trabajo bajo las modalidades de teletrabajo total, parcial o híbrido.
Además, este beneficio se otorga únicamente a trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales vigentes, lo que para 2026 equivale a $3.501.810 pesos. Quienes superen este umbral salarial no podrán acceder al auxilio.
En ningún caso el auxilio de conectividad puede ser acumulado con el auxilio de transporte.
“El auxilio de conectividad será equivalente al auxilio de transporte vigente y se ajustará anualmente de acuerdo con los criterios establecidos en la Ley 278 de 1996”, señala el artículo 53 de la Ley 2466 de 2025.
En situaciones donde se alternen días presenciales y remotos, el reconocimiento del auxilio se realizará con base en el gasto principal generado en el período, evitando pagos dobles por un mismo día. Asimismo, podrá reconocerse de manera proporcional, según los días efectivamente laborados, cuando el trabajador preste servicios solo durante una parte del mes.
En el caso del trabajo híbrido, el criterio operativo se basará en la verificación de las jornadas presenciales y remotas, con el fin de asignar correctamente el auxilio correspondiente a cada período y prevenir duplicidades.
No obstante, serán las empresas las encargadas de definir, dentro de sus políticas internas, los mecanismos de soporte para la modalidad de prestación del servicio, los días autorizados y la evidencia del teletrabajo.