Impuesto predial en Bogotá 2026: cómo aplicar al pago por cuotas y cuáles son los plazos

El secretario de Hacienda encargado de Bogotá, Andrés Uribe, respondió a varias preguntas sobre el impuesto predial en Bogotá.
Impuesto predial
Hoy vence el descuento del 10% del predial en Bogotá. Conozca cómo pagar, diferir cuotas y evitar intereses que superan el 20% anual. Crédito: Freepik

El vencimiento del plazo para acceder al descuento en el impuesto predial puso contra el reloj a miles de contribuyentes en Bogotá. En medio de dudas sobre medios de pago, opciones de financiación y sanciones, el secretario de Hacienda encargado, Andrés Uribe, resolvió las principales inquietudes en entrevista radial.

Durante el diálogo, el funcionario reiteró que “hoy vence el predial con descuento en todos los predios de Bogotá”, un beneficio que permite aliviar la carga tributaria de los ciudadanos si cumplen con el pago dentro del plazo establecido. A partir de este punto, las decisiones financieras de los contribuyentes cobran especial relevancia.

Descuento por pronto pago: beneficios y advertencias

El principal incentivo para los contribuyentes es el descuento del 10% por pago oportuno. Sin embargo, Uribe fue claro en advertir sobre el uso de tarjetas de crédito: “Si lo difiere a 12 meses, obviamente se le va a más del 20%”, en referencia a los intereses que pueden superar el beneficio.

El secretario insistió en que el ahorro es significativo si se actúa a tiempo: “Si paga hoy, tiene el 10%. Si paga el lunes, con el medio que sea, empiezan a correrle los intereses de la tarjeta sin el descuento”. Incluso, destacó que pagar a una sola cuota con tarjeta puede ser una estrategia válida para ganar tiempo: “Tiene 30 días para que consiga la plata y obtenga su beneficio”.

Opciones de pago y canales habilitados

Frente a las alternativas disponibles, Uribe confirmó que hay múltiples canales para facilitar el pago. “En toda la red bancaria de la ciudad”, así como en centros de atención, se puede cumplir con la obligación tributaria.

Además, aclaró que no es necesario contar con dinero en efectivo: “Medios electrónicos y tarjeta de crédito” están habilitados, incluyendo billeteras digitales. También precisó que se aceptan franquicias específicas: “Visa y Mastercard, tanto para crédito como para débito”.

Pago por cuotas: una alternativa sin descuento

Para quienes no logren pagar a tiempo, existe la opción de diferir el impuesto. Eso sí, sin el beneficio del descuento. Según explicó el funcionario, “esa modalidad existe aunque no le aplique el descuento por pronto pago”.

El plazo clave para acceder a este mecanismo es el 8 de mayo, fecha límite para manifestar la intención de pago. A partir de ahí, el contribuyente podrá dividir el valor en cuatro cuotas: “que vencen el 5 de junio, 14 de agosto, 2 de octubre y 4 de diciembre”.

Uribe enfatizó que este proceso no implica un pago inmediato: “Ese día todavía no tiene que pagar nada. Si se inscribe, puede pagar en cuatro cuotas iguales”.

Intereses y consecuencias por no pagar

Uno de los puntos más sensibles es el de la mora. El secretario fue enfático al señalar que los intereses son elevados: “La morosidad supera el 20%”.

Sin embargo, aclaró que estos no aplican de inmediato: “No aplican desde hoy, sino después del 10 de julio si no pagó o no se inscribió en el programa de cuotas”. Esto da un margen adicional a quienes no alcanzaron el descuento, pero no exime de la obligación.

Reclamaciones, errores y casos especiales

En cuanto a inconsistencias en las facturas, Uribe explicó que el beneficio no se extiende más allá del plazo: “La única fecha para pagar con el beneficio es el día de hoy”. No obstante, aseguró que si hay errores comprobados, se respetará el descuento tras la corrección.

También se refirió a casos de pagos duplicados: “Suele cargarse automáticamente”, aunque recomendó acudir a puntos de atención si el sistema no lo refleja.

Sobre predios exentos, fue claro: “Si está exento, no necesita bajar nada… su estado de cuenta está automáticamente al día”.

Aporte voluntario y destino de los recursos

Un elemento adicional en la factura es el aporte voluntario del 10%, que ha generado dudas entre los ciudadanos. Uribe aclaró que no es obligatorio: “Nadie le puede obligar a hacer el aporte voluntario”.

En cuanto a su destino, explicó que tiene un propósito específico: “Se destina exclusivamente al presupuesto de seguridad de la ciudad”, y ya cuenta con cerca de 10.000 contribuyentes que han decidido sumarse.

Deudas anteriores y acuerdos de pago

Para quienes tienen obligaciones pendientes de años anteriores, el panorama es distinto. Aunque pueden acceder al descuento del año actual, las deudas pasadas no tienen ese beneficio: “La deuda anterior no tiene beneficio de pronto pago y el interés le sigue corriendo”.

En estos casos, la alternativa es un acuerdo de pago: “Pagando al menos el 10% de lo debido… se puede pagar hasta por 5 años, pero se sigue causando interés”.

En conclusión, el mensaje del secretario de Hacienda es claro: actuar dentro de los plazos permite acceder a beneficios importantes y evitar costos adicionales. La decisión entre pagar, diferir o aplazar puede tener un impacto significativo en las finanzas de los hogares bogotanos.


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