Empresas podrán despedir empleados que no presenten este documento: ¿de cuál se trata?
Los trabajadores tienen la responsabilidad de emitir el certificado que permita la evolución de su proceso.

En Colombia es común que los empleados busquen conocer cuáles son sus derechos ante la empresa que lo ha empleado con el fin de aplicar diferentes acciones en caso de requerirlas. Es común que entre los trabajadores hablen sobre los beneficios a los que tienen acceso luego firmado un contrato. Sin embargo, los mismos deben cumplir con diferentes responsabilidades, como cumplir el horario laboral establecido por ley o asistir a diferentes capacitaciones que la compañía para la que trabaje realice.
Los empleados pueden sufrir accidentes dentro o fuera del establecimiento de su trabajo, así como enfermarse, cosas que pueden influir en su capacidad de laborar o presentarse a las instalaciones de la empresa que le haya contratado. No obstante, si un trabajador tiene un problema de salud, debe responder a una obligación que, de no cumplirse, lo puede afectar laboralmente.
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El documento que todo empleado debe presentar, si no pueden despedirlo
Según el Ministerio de Justicia y del Derecho, una vez ocurrido el evento por el cual se incapacitará, debe acudir ante su empleador, con el fin de informar lo acontecido "sobre su accidente o enfermedad y la incapacidad que se le ha ordenado por el médico tratante". Durante este tiempo, la empresa deberá seguir pagando su salario y posteriormente realizar el cobro a la EPS, si se trata de una enfermedad de origen común; o a la ARL, si es una incapacidad de origen laboral.
Si el trabajador no presenta su incapacidad, firmada por un médico, y no informa de su novedad ante la empresa que le contrató, podrá ser despedido por justa causa.
¿Qué diferencias hay entre las incapacidades de origen común y las de origen laboral?
Según informa el ministerio citado, las incapacidades de origen común, "son las derivadas de enfermedades o accidentes no relacionados con el trabajo. Por su parte, las incapacidades de origen profesional o laboral, "tienen que ver con enfermedades o accidentes relacionados con el trabajo que se realiza".
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¿Cómo se imparten los pagos ante una fecha de incapacidad?
En el caso de las incapacidades de origen común, los dos primeros días han de ser pagados por la empresa. Después del tercer día el pago los realiza la EPS y serán del 66.66% del salario hasta los 90 días de incapacidad. Después de este tiempo, y hasta 180 días, al trabajador se le pagará el 50% del salario. Posterior a los seis meses el pago deberá ser efectuado por el Fondo de Pensiones y "entonces se entra a valorar la posibilidad de rehabilitación del trabajador o la procedencia de la pensión por invalidez", se lee en la página oficial del ministerio.
En contraste, cuando se trata de una incapacidad de origen profesional, el pago debe realizarlo la Aseguradora de Riesgos Laborales, ARL, y será del 100% del salario, por 180 días prorrogables por otro periodo similar si es necesario para su tratamiento o rehabilitación. Si la persona "no se recupera en ese periodo, se tendrá que entrar a valorar su grado de incapacidad para una pensión de invalidez", indica el ministerio.
En todo caso, el monto de la incapacidad no podrá ser menor a un salario mínimo legal mensual vigente.
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