Emergencia económica: Gobierno Petro habilita contratación directa en plena ley de garantías y abre debate por controles

El Decreto 175 de 2026 del Ministerio de Agricultura autoriza contratación directa y adiciones sin límite del 50% para atender la emergencia por lluvias.
Contrato laboral
El Código Sustantivo del Trabajo regula los derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores, y establece las causales de despido con justa causa y de renuncia justificada con derecho a indemnización. Crédito: Freepik

En el marco de la emergencia económica declarada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, el Ministerio de Agricultura expidió el Decreto 175 de 2026 que incluye medidas excepcionales de contratación para atender la crisis provocada por las lluvias en varias regiones del país.

La disposición ha generado debate porque se adopta en plena vigencia de la ley de garantías, que restringe la contratación directa durante periodos preelectorales.

Dentro de ese decreto, el artículo 12 introduce una medida que ha concentrado la atención pública.

Contratación directa, sin límite de adición

Este artículo 12 autoriza a las entidades públicas a acudir a la modalidad de contratación directa para adquirir bienes, servicios y logística necesarios para ejecutar las medidas del decreto.

El texto señala que las contrataciones estarán sometidas “únicamente a los requisitos y formalidades que exige la ley para la contratación entre particulares”, con aplicación de los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007.

Además, el parágrafo primero permite adicionar contratos vigentes o los que se suscriban para conjurar la crisis sin que aplique la limitación del 50% del valor inicial del contrato prevista en la Ley 80. Es decir, en el marco de la emergencia, podrían ampliarse contratos más allá del tope habitual.

La medida coincide con la entrada en vigencia de la ley de garantías, que prohíbe la contratación directa para evitar que los gobiernos influyan en campañas políticas mediante la adjudicación de contratos.

Advertencias por aumento de contratación antes de la ley de garantías

El debate surge porque, según han advertido distintos sectores, antes de la entrada en vigor de la ley de garantías se registró un aumento en la contratación pública. En ese escenario, la habilitación excepcional de contratación directa ha generado cuestionamientos sobre los controles y el alcance real de la norma.

En diálogo con La FM, Alberto Londoño, viceministro de Hacienda, explicó que la medida debe analizarse dentro del contexto de emergencia.

“Si estamos en una emergencia como la que está viviendo Córdoba y el norte del país, si es necesario que puedan hacer una contratación ágil solo y únicamente para atender la emergencia”, afirmó.

El funcionario señaló que en situaciones de atención humanitaria no sería viable adelantar procesos de licitación que pueden tardar semanas o meses.

“Imagínense ustedes que le digan a la gente que está en Córdoba inundada que hay que esperar un proceso de licitación que se puede demorar dos meses para conseguir las cosas de primera necesidad”, indicó.

No obstante, reconoció los riesgos inherentes a la contratación directa: “Siempre la contratación directa implica un riesgo y es que, como se dice vulgarmente, se contrata a dedo, no se busca que haya varios oferentes”.

Por ello, insistió en la necesidad de controles estrictos. “Lo que hay que hacer con mucho cuidado es vigilar que esa contratación directa se haga bien”, señaló.

¿Qué es la ley de garantías y qué prohíbe?

El viceministro Londoño explicó que la ley de garantías fue creada para impedir que el Gobierno nacional y los mandatarios locales incidan en procesos electorales a través de la contratación pública.

“La ley de garantías se estableció para que el gobierno y los gobernantes locales no puedan incidir en las campañas políticas a través de contratar amigos o de hacer contrataciones de forma directa que puedan interferir en las elecciones”, sostuvo.

Añadió que esta restricción busca evitar que los contratos se utilicen para obtener favores políticos. Sin embargo, afirmó que no puede impedirse la atención inmediata en una emergencia.

“Lo que no puede uno hoy prohibir es que en un momento de emergencia como el que estamos viviendo tengamos que esperar y no darle solución inmediata a los ciudadanos”, dijo.

Alcance territorial y sectorial del decreto

Frente al alcance de la norma, Londoño fue enfático en que solo puede aplicarse en las regiones afectadas y en relación directa con la emergencia.

“Esto solo puede ser en la región, no puede ser para contratar cosas en Bogotá que no estamos viviendo en emergencia, o para contratar cosas en Medellín que no está viviendo emergencia. Solo puede ser para la región y relacionado con la atención de la emergencia”, explicó.

También aclaró que, al tratarse de un decreto del Ministerio de Agricultura, su aplicación está limitada a los temas contemplados en esa cartera y vinculados a la reactivación del sector agropecuario.

Llamado a Procuraduría y Contraloría

El viceministro Londoño hizo un llamado expreso a los organismos de control para que supervisen la ejecución de los contratos que se suscriban bajo esta figura excepcional.

“Hay que decirle a los organismos de control, especialmente Procuraduría y Contraloría, que vigilen que en el marco de la emergencia no se hagan contratos que no tengan que ver con la atención inmediata de los ciudadanos”, afirmó.

Además, subrayó que los recursos deben utilizarse exclusivamente para atender la crisis y no para otros proyectos. “Que los recursos se utilicen debidamente y no se desvíen a otro tipo de proyectos”.


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