El recargo nocturno en Colombia representa un pago adicional otorgado a los trabajadores por sus labores realizadas durante horarios nocturnos.
Cuando un empleado trabaja durante la noche, se le debe reconocer un recargo del 35%, calculado sobre el valor ordinario de la hora.
Le puede interesar: El peor día para renunciar a su trabajo: lo pondrían a perder plata
La legislación establece que "todo recargo o sobre remuneración por concepto de trabajo nocturno se determina por el promedio de la misma o equivalente labor ejecutada durante el día. Si no existiere ninguna actividad del mismo establecimiento que fuere equiparable a la que se realice en la noche, las partes pueden pactar equitativamente un promedio convencional, o tomar como referencia actividades diurnas semejantes en otros establecimientos análogos de la misma región".
Es relevante tener presente que el recargo nocturno no se calcula los domingos y festivos, ya que en estos días se aplica el recargo dominical o festivo, el cual asciende al 75%.
Este recargo está establecido por ley, y es esencial que los empleadores y los responsables de Recursos Humanos lo apliquen correctamente.
Lea también: ¿Es legal despedir a un trabajador durante su periodo de vacaciones?
¿Desde qué hora aplica el recargo nocturno?
En cuanto al horario de aplicación del recargo nocturno, actualmente en Colombia, la jornada nocturna se establece a partir de las 9 de la noche y finaliza a las 6 de la mañana del día siguiente.