Asobancaria cataloga de "precedente negativo" la sobre tasa al sector

Los bancos están comprometidos a continuar aportando a la recuperación económica en este momento tan complejo”, señaló el gremio.
Varios mensajes en redes contra los bancos han suscitado decisiones de la superintendencia.
Crédito: RCN Radio

Luego de que la Corte constitucional fallara a favor de la sobre tasa a la renta que deben pagar las entidades bancarias, lo cual había sido estipulado en la reforma tributaria del 2019, Asobancaria señaló que aunque respetan la decisión, “este fallo genera un precedente negativo para todos los sectores económicos que en el futuro podrían ser sujetos de un trato tributario diferencial por cuenta de su actividad o resultados financieros”.

Sin embargo el gremio señaló a través de un comunicado que acatarán la decisión adoptada por la Corte Constitucional: “el sector financiero seguirá siendo un aliado del Gobierno y de los colombianos, y reitera su compromiso con el desarrollo económico y social, contribuyendo de manera decisiva al financiamiento de la estrategia de reactivación económica y de forma importante a las arcas de la Nación”.

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Cabe mencionar que tras la emergencia económica y sanitaria declarada en el país, el gremio del sector financiero había anunciado en mayo del 2020 que pese a la demanda que habían instaurado ante la Corte se comprometían a pagar la sobretasa a la renta en los términos en los que quedó establecido en la Ley de Crecimiento Económico.

Los bancos están comprometidos desde su rol y sus posibilidades a continuar aportando a la recuperación económica en este momento tan complejo”, señaló el gremio hace cerca de un año.

La sobretasa al impuesto de renta para el sector financiero según la pasada ley de financiamiento, estipuló que para el año 2020 era del 4%, y en 2021 y 2022 de 3%.

Con este impuesto extra que pagan los bancos, el Gobierno busca recaudar cerca de $700.000 millones en total, y se espera que entre este y el próximo año el recaudo sea superior a los 150 mil millones de pesos.

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En su fallo la Corte Constitucional estableció que las instituciones financieras, sí deben liquidar una sobre tarifa al impuesto sobre la renta, tal cual como quedó estipulado en uno de los artículos del Estatuto Tributario (ley 2010 del 2019) que regula la tarifa general del impuesto sobre la renta para las personas jurídicas.

Al estudiar una demanda contra esa norma, la Corte concluyó que con esas tarifas no se estaba vulnerando el principio de equidad tributaria, porque: “al establecer la sobretarifa cuestionada, el legislador sí tuvo en cuenta la capacidad contributiva de las entidades financieras”.

En ese sentido, la Corte descartó que la sobre tarifa se hubiera establecido en atención a la actividad económica de esas entidades o al crecimiento económico del sector.


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