Así se puede solicitar la prescripción de una deuda en Colombia: ley protege a los morosos
Si tiene una deuda pendiente, debe conocer los límites legales para el cobro y las normas que protegen sus derechos como consumidor en Colombia.

El incumplimiento en el pago oportuno de una deuda con entidades financieras o compañías puede generar reportes negativos en las centrales de riesgo. No obstante, la ley establece un plazo límite para que estas obligaciones puedan cobrarse legalmente, a través de un proceso llamado prescripción.
La prescripción de una deuda es un mecanismo legal que, una vez cumplido el tiempo definido por la ley, impide que el acreedor exija el pago por vías judiciales. Esto no implica que la obligación desaparezca, pero sí protege al deudor de ser demandado legalmente.
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Sin embargo, hay deudas que, por su naturaleza e impacto social, no prescriben. Entre ellas se encuentran las pensiones alimenticias, los aportes a seguridad social y las sanciones penales derivadas de delitos.

En el caso de las deudas que sí prescriben, se recomienda solicitar el reconocimiento formal de la prescripción, lo cual puede hacerse ante la entidad acreedora o, si es necesario, ante un juez. Contar con el apoyo de un abogado puede ser clave para garantizar que se detengan posibles acciones de cobro.
Esta es la norma que protege a los deudores de cobros abusivos en Colombia
La Ley 1480 de 2011, conocida como el Estatuto del Consumidor, y la Ley 1328 de 2009 establecen mecanismos de protección para los usuarios del sistema financiero y limitan las prácticas de cobranza.
Dicha legislación prohíbe que las entidades de cobro se comuniquen de forma reiterada o fuera del horario permitido (de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. en días hábiles). También se prohíbe contactar a terceros sobre la deuda o emplear lenguaje intimidante o amenazante.

Es fundamental documentar cualquier intento de cobro excesivo, guardando registros de llamadas, mensajes de texto o correos electrónicos. Con estas pruebas, se puede presentar una queja formal ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) si la deuda es por bienes o servicios, o ante la Superintendencia Financiera si proviene de un banco.
Si se comprueban acciones abusivas contra un deudor moroso, las empresas involucradas pueden ser sancionadas, especialmente si intentan cobrar deudas que ya están prescritas.
La ley “dejen de fregar”
En octubre de 2023 entró en vigencia la conocida ley “dejen de fregar”, que protege los espacios de intimidad de los ciudadanos frente a las gestiones de cobranza realizadas por casas de cobro, entidades financieras y proveedores de bienes y servicios.
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“Solamente podrán ser contactados los consumidores financieros, es decir, todos los colombianos, de lunes a viernes, de siete de la mañana a ocho de la noche, y los sábados de ocho de la mañana a tres de la tarde”, explicó el senador Juan Carlos Wills, autor del proyecto.
La ley también establece que solo se pueden realizar dos contactos semanales, incluyendo llamadas telefónicas, mensajes de texto, correos electrónicos y otros medios digitales, ya sea por parte de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera o de aquellas que hacen gestiones de cobro, de manera directa o a través de terceros.