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Nuevo requisito: empleadores tendrán que añadir este derecho en contratos de trabajadoras domésticas

Los que piensan contratar este tipo de servicios deben tener en cuenta los derechos de los empleados, para evitar conflictos legales.

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Actualizado:
Viernes, Septiembre 26, 2025 - 14:31
Proteja los derechos de sus empleados domésticos: salario adecuado, vacaciones y auxilio de transporte
Proteja los derechos de sus empleados domésticos: salario adecuado, vacaciones y auxilio de transporte
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Uno de los trabajos más comunes es el servicio doméstico, pero en muchos casos no se reconoce de manera legal. Es decir, los empleadores no contratan con prestación de servicios sino de manera informal. Acuerdo verbal, en la mayoría de casos. Pero este está regulado por normas que protegen al empleado.

Los que piensan contratar este tipo de servicios deben tener en cuenta los derechos de los empleados, para evitar conflictos legales. Según la página del Ministerio de Justicia, uno de los requisitos que los empleadores no pueden pasar por alto es el salario adecuado, reconocer vacaciones y pagar el auxilio de transporte.

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¿Qué requisito deberán agregar los empleadores a las trabajadoras domésticas?

Otra cosa a tener en cuenta es que, según el artículo 77 del Código Sustantivo del Trabajo, son 15 días de prueba, a menos que en el contrato se estipule lo contrario. Sin embargo, este inciso fue declarado inexequible por la Corte Constitucional a través de la sentencia C-028/19.

La Corte Constitucional determinó que la norma que imponía un período de prueba automático a las trabajadoras domésticas carecía de debate suficiente y de justificación
La Corte Constitucional determinó que la norma que imponía un período de prueba automático a las trabajadoras domésticas carecía de debate suficiente y de justificación
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Según la Corte, este periodo de prueba quebranta el derecho fundamental a la igualdad, que está en la Constitución Política de Colombia. Pero ¿por qué? La Corte argumenta que esto es discriminatorio frente a otras trabajadoras que sí tengan esta cláusula en el contrato.

La Corte afirmó que, para ser equitativa, la ley debe permitir el período de prueba siempre y cuando sea un acuerdo mutuo y por escrito. "La disposición no es legítima, ni razonable en el marco de la Constitución Política y por ello es inexequible, en tanto no debe presumirse el período de prueba de los trabajadores del hogar. Estos cuentan con la posibilidad de convenirlo, siempre que conste por escrito y con las reglas generales del Código Sustantivo del Trabajo"; dice la sentencia.

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Igualdad de derechos

La Corte Constitucional determinó que la norma que imponía un período de prueba automático a las trabajadoras domésticas carecía de debate suficiente y de justificación. Por esa razón, fue declarada inexequible.

Con esta decisión, las personas que se dedican al trabajo doméstico, sin distinción de género, podrán acordar un período de prueba conforme a las reglas generales aplicables a todos los contratos laborales.

La entidad también precisó que los empleadores están obligados a suministrar la vestimenta necesaria para la realización de las tareas
La entidad también precisó que los empleadores están obligados a suministrar la vestimenta necesaria para la realización de las tareas
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Derechos en el trabajo doméstico

El Ministerio de Justicia recordó que quienes trabajan en el servicio doméstico tienen los mismos derechos y obligaciones que el resto de trabajadores, sin importar la cantidad de días que cumplan funciones a la semana.

La entidad también precisó que los empleadores están obligados a suministrar la vestimenta necesaria para la realización de las tareas, en cumplimiento de las disposiciones laborales vigentes.

Fuente:
Sistema Integrado Digital