Municipios de Atlántico tendrán toque de queda y ley seca los próximos tres fines de semana

La disposición comprende todos los municipios del departamento, excepto Barranquilla.
Ley seca
Crédito: Referencia

La Gobernación del Atlántico decretó, para los municipios del departamento, toque de queda y ley seca, desde este viernes 29 de enero, desde las 7:00 de la noche, y durante los tres fines de semana consecutivos que se aproximan, con la finalidad de, "preservar la salud y la vida, evitando la propagación del Covid-19".

De acuerdo con la medida, "se prohíbe la circulación de todos los habitantes del departamento, con excepción del distrito de Barranquilla".

La medida, que fue acordada con los alcaldes municipales, iniciará el viernes 29 de enero, desde las 7:00 de la noche hasta el sábado 30 de enero a las 5:00 de la mañana; posteriormente, se retomará el sábado 30 de enero, desde las 7:00 de la noche, hasta el domingo 31 de enero a las 5:00 de la mañana.

La disposición igualmente tendrá vigencia desde el viernes 5 de febrero, a partir de las 7:00 de la noche, hasta el sábado 6 de febrero a las 5:00 de la mañana; después, reiniciará el sábado 6 de febrero a las 7:00 de la noche, hasta el domingo 7 de febrero a las 5:00 de la mañana.

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Finalmente, la medida restrictiva regirá desde el viernes 12 de febrero a partir de las 2:00 de la tarde, hasta el sábado 13 de febrero a las 5:00 de la mañana.

Posteriormente, seguirá desde el sábado 13 de febrero desde las 2:00 de la tarde, culminando el domingo 14 de febrero a las 5:00 de la mañana; así mismo, desde el domingo 14 de febrero a partir de las 2:00 de la tarde, al lunes 15 de febrero a las 5:00 de la mañana.

La medida sigue el lunes 15 de febrero a las 2:00 de la tarde, hasta el martes 16 de febrero a las 5:00 de la mañana.

De acuerdo a un comunicado de la Gobernación, la medida guarda algunas disposiciones especiales.

"Se permite la asistencia y prestación de servicios de salud, así como la adquisición de bienes de primera necesidad tales como alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población. Las tiendas o supermercados sólo prestarán sus servicios mediante domicilios o plataformas electrónicas", expresa el manifiesto.

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El decreto también ordena que bajo ninguna circunstancia se permiten las siguientes actividades:

  • Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social.
  • Discotecas y lugares de baile.
  • El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio. No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes.
  • Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y parques no serán incluidos en los casos en que se implemente la medida de pico y cédula en los territorios.

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